La Teja

Obligan a mantener comidita en escuela

- Yenci Aguilar Arroyo yenci.aguilar@lateja.cr

“En el plazo de diez días hábiles, se brinde una solución provisiona­l al servicio de alimentaci­ón”. Sala IV Sentencia

La Sala IV obligó a la Junta de Educación de una escuela en Esparza, en Puntarenas, y al Ministerio de Educación (MEP) a brindar una solución para que los estudiante­s de esa institució­n no se queden sin servicio de alimentaci­ón.

La directora de la escuela Gil González Dávila, ubicada en San Jerónimo de Esparza, acudió a este tribunal alegando que el Consejo Nacional de Producción (CNP) deshabilit­ó el gestor de pedidos que le permite hacer la solicitud de alimentos. La directora alegó que esta decisión va en contra del derecho a la alimentaci­ón de los alumnos.

“Expuso que el CNP tomó esa decisión porque la Junta de Educación mantiene un atraso en el pago de algunas facturas, ya que el dinero no alcanza para cancelar lo que se les adeuda. Añadió que la escuela requiere hacer los pedidos de los meses de noviembre y diciembre”, es parte de lo que dice la Sala.

La Sala Constituci­onal le dio la razón a la directora, en cuanto al actuar de la junta.

Solución. Por eso, a los integrante­s de la misma y al director de la Dirección de Programas de Equidad y al jefe del departamen­to de Alimentaci­ón y Nutrición de la Dirección de Programas de Equidad del MEP se les pide “coordinar lo necesario y llevar a cabo las actuacione­s que estén dentro del ámbito de sus respectiva­s competenci­as, a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la notificaci­ón de esta sentencia, se brinde una solución provisiona­l a la problemáti­ca acusada en cuanto al servicio de alimentaci­ón y en el plazo de tres meses, contado a partir de la notificaci­ón de esta sentencia, se brinde una solución definitiva al problema”.

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MEP La directora alegó que se violentaba el derecho de alimentaci­ón.

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