La Teja

Detalles para alquilar

- Boris Acosta Castro, abogado

si usted va a alquilar una casa o un local comercial, por ejemplo, tiene que tomar en cuenta cosas muy importante­s. una de ellas, por ejemplo, es que si usted va a alquilar para una casa de habitación el período mínimo de alquiler que establece la ley es de tres años, aunque en el contrato pongan otras condicione­s de tiempos menores, pero si hablamos del período mínimo establecid­o para comercio, hablamos de al menos un año. recuerde que en cualquier condición lo ideal es establecer un contrato por escrito, aunque también es válido el contrato verbal según lo establece nuestra legislació­n, pero para efectos de poder hacer valer cualquier tipo de reclamo, es mejor manejar un contrato escrito que va a determinar con claridad las reglas que se dan entre las partes y que son aceptadas con ambas al ser firmado. además, la ley estipula una serie de derechos y obligacion­es para los inquilinos y los propietari­os. Por ejemplo, los elementos que se establecen en un contrato, o la validez que tiene si se hizo de manera verbal o escrita. el inquilino, por ejemplo, tiene derecho a negociar la duración del contrato, de solicitar las reparacion­es necesarias y de recuperar el depósito de garantía. el depósito de garantía es una manera para que el dueño del inmueble tenga un seguro en caso de algún daño o el no pago de la renta. el dueño puede usar ese dinero para cubrir la renta no pagada o los daños causados. el propietari­o, por su parte, tiene derecho a recibir el pago de la renta en el plazo estipulado, recibir el pago de los daños por el mal uso o destrucció­n de la propiedad alquilada y establecer reglas para la conservaci­ón, cuidado y uso del bien, entre otras.

Boris Acosta Castro, abogado, teléfono: 8435 6135.

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