Contratación de deportistas: precisiones
¿Cómo se ha estado manejando el tema de la ganancia por imagen o comunicación en los contratos firmados?
Sobre este aspecto el principio que rige es que nuestros atletas, durante el término del contrato a las normas del club o de la liga, por consiguiente son merecedores de todos los beneficios y bonificaciones salariales y materiales que reciben los demás integrantes del club contratante. El estudio previo, las negociaciones y el contrato definen esas particularidades. Hay otras cosas que son imposibles de anticipar, por ejemplo, que un club te regale un carro o cualquier otro bien material. En tales casos el atleta tiene que cumplir lo dispuesto en la legislación del país donde se encuentra y del nuestro.
¿Los atletas paralímpicos pueden ser contratados también?
No hay excepción. Pero hasta el presente no hemos tenido solicitudes para ellos. Quizás esto se deba a que no existen muchos clubes que fomenten el deporte para personas con discapacidad de manera comercial.
¿Cómo se controlan los premios extras fuera del contrato?
El deportista contratado una vez que retorna tiene un compromiso con el fisco, como cualquier ciudadano cubano. No obstante, el presidente de la federación tiene el deber de pedir al club, una vez terminado lo pactado, un documento que certifique cuánto ganó, a los efectos de velar y exigir que se cumpla lo dispuesto en la Ley 113 para los ingresos personales obtenidos fuera del país.
Los abogados juegan un papel determinante en estos temas. ¿Ha pensado el INDER crear un grupo especializado en esto?
Nosotros hoy hablamos de un grupo de trabajo temporal. Hacia el futuro, cuando se decida, o el número de atletas aumente, como esperamos que suceda, tendrá que haber una estructura especializada para ese tema, en la que la base o responsabilidad mayor sea lo jurídico, pero complementado con otros especialistas como médicos, comunicadores, psicólogos, traductores, informáticos, periodistas, etcétera.
En el futuro será imprescindible estudiar con más detenimiento las ligas de cada deporte, porque a veces las propuestas que se reciben no vienen de los mejores clubes y si queremos lograr resultados competitivos superiores, tenemos que confrontar a los mejores, respetando siempre los principios y concepciones de cada modelo o sistema deportivo. Todo ello demandará plena dedicación y vocación.
Finalmente, ¿hay alguna definición sobre quienes salieron con contratos personales, no por la vía institucional y luego piden regresar para incorporarse a equipos nacionales?
Esta resulta una problemática muy interesante y de la cual se debe tener claridad. La determinación de si un atleta que haya logrado un contrato de manera independiente pueda o no reincorporarse al equipo nacional o provincial lo determinan los directivos de la federación del deporte correspondiente, teniendo en cuenta los criterios de las autoridades de las provincias y del equipo en cuestión.
No está prohibido que un atleta cubano gestione un contrato con un club y que finalmente pueda materializar sus pretensiones, pero el atleta antes de salir del país debe tener la autorización del presidente de la federación. De lo contrario, a su regreso, pudiera estar sujeto a lo establecido en el reglamento disciplinario o normas afines vigentes.