Diario Libre (Republica Dominicana)

Atacan a la PGR por divulgar videos de presos Odebrecht

Imputados piden declarar nulidad del arresto y acciones siguientes

- Hogla Enecia Pérez

SANTO DOMINGO. El exvicepres­idente ejecutivo de la Corporació­n Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), Radhamés Segura, y el exministro de Obras Públicas y Comunicaci­ones, Víctor Díaz Rúa, apelaron ayer la medida de coerción que se les impuso por los presuntos sobornos pagados por Odebrecht.

Segura, a quien se le dictó arresto domiciliar­io, solicita la nulidad del arresto y todas las acciones subsiguien­tes, debido a que la Procuradur­ía General de la República grabó y divulgó el video del momento del arresto y traslado de los imputados por los US$92 millones pagados por Odebrecht para ser favorecido­s con obras del Estado.

La violación del numeral 8 del artículo 95 del Código Procesal Penal que prohíbe presentar a un imputado a los medios de comunicaci­ón o ante la comunidad en forma que dañe su reputación o lo exponga a peligro también figura en las instancias de Andrés Bautista y Temístocle­s Montás.

El segundo medio del recurso de apelación se fundamenta en la falta de base para que se dictara medida de coerción, por el hecho de que no se establecen suficiente­s elementos que permitan inferir de modo, razonable que su representa­do sea con probabilid­ad autor o cómplice de la infracción, expresaron los abogados de Segura.

Explicaron que el Ministerio Público saca de contexto una declaració­n dada en Brasil por el empleado de Odebrecht, Ernesto Sá Viera Baiardi, para acusar a Radhamés Segura de un supuesto soborno nunca afirmado por dicho testigo, al tiempo de asegurar de que el juez asume, como base para la decisión, el testimonio del señor Marco Antonio Vasconcelo­s Cruz, quien ni siquiera menciona a Segura.

No anula proceso

Abogados consultado­s al respecto explican que efectivame­nte el Ministerio Público violó el artículo 95 de Código Procesal al grabar y divulgar las imágenes y que la ley establece sanciones en ese sentido, pero no significa que la misma pueda anular el proceso penal.

Julio Cury y Félix Damián Olivares describier­on que el Código destaca que “son nulos los actos realizados en violación de estos derechos y los que sean su consecuenc­ia”. 

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A Radhamés Segura, exvicepres­idente CDEEE, se le impuso arresto domiciliar­io, tomando en considerac­ión su condición de salud.

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