Diario Libre (Republica Dominicana)
Establece deben transferir saldos no consumidos
La resolución dice que mayor a tres meses convendría otras regulaciones
SANTO DOMINGO. El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) emitió una resolución que ordena a las prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones transferir cualquier balance pagado por el usuario que haya quedado pendiente de consumir, por hasta tres meses.
La resolución 062-17, mediante la cual dictó el reglamento sobre los derechos y obligaciones de los usuarios y las prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones, estuvo precedida por un proceso de consultas públicas que se inició en mayo pasado, a los fines de reforzar y garantizar el régimen de protección de los consumidores de telefonía, internet y televisión por suscripción en el país.
Mediante un comunicado de prensa, Indotel asegura que con este reglamento se reconocen derechos básicos de los usuarios y prestadoras, al tiempo que establece las obligaciones básicas.
Asimismo se refuerza y garantiza el régimen de protección de los consumidores, en adición a los previstos en las leyes vigentes y las normativas aplicables.
La resolución motiva que los saldos se transfieran por hasta tres meses, debido a que dicho plazo “busca un balance entre el hecho de que el saldo no consumido ha sido ya pagado por el cliente, pero a su vez existen elementos técnicos y comerciales que afectan la capacidad de la prestadora de poder prestar el servicio en cualquier momento del tiempo, sin forma de prever la cantidad demandada, y bajo las condiciones de calidad exigidas, así como la posibilidad de cubrir los costos de mantener una línea activa”.
“Las regulaciones vigentes reconocen el derecho a cobrar cargos vinculados a la reconexión del servicio” José del Castillo Presidente Indotel