Diario Libre (Republica Dominicana)
Finjus plantea arreglo de “lagunas” en Ley de Partidos del Senado
Cita que las sanciones no están claras y que el tope a los fondos privados no elimina clientelismo
SANTO DOMINGO. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) manifestó que es preocupante que en el proyecto de Ley de Partidos aprobado por el Senado, en lo relativo al sistema de sanciones y consecuencias, no se encuentran debidamente delimitado y regulados de manera específica delitos propios de esta materia tanto en contra de las agrupaciones como de sus miembros.
Finjus advirtió que al no haber suficiente tipicidad de los elementos constitutivos o no subsumirse a plenitud a la figura penal referida, podría ocurrir que un hecho potencialmente punible no pueda ser perseguido o condenado como corresponde.
Recomendó que para fortalecer la vida interna de
las organizaciones partidarias se debe reflexionar sobre la necesidad de tipificar en esta ley, de manera integral, aquellos delitos o infracciones en virtud de su naturaleza política y no dejarlos a la posibilidad de que se asimile al contenido de la figura del abuso de confianza en el Código Penal (artículo 408).
Formación política
La Finjus señaló que constituye un claro retroceso, de cara al proyecto inicial de la Junta Central Electoral, lo relativo a la inversión de los partidos en la formación política de sus miembros e instancias internas.
Precisó que mientras en el proyecto inicial, en su artículo 30 mandaba a invertir el 25% del monto de fondos públicos recibidos por los partidos políticos a la especialización para la formación política, la redacción alterna del Senado, en su artículo 34, reduce drásticamente este monto a un pírrico 10%. Sobre el financiamiento privado de los partidos y el tope de un 1% de los fondos que recibe cada partido del Estado, Finjus opinó que esta modalidad no combate el clientelismo y las formas asistenciales que pueden formar parte eventualmente del modus operandi de los partidos y agrupaciones políticas en determinados momentos.
“Por tanto, es menester que un proyecto de ley de partidos especifique montos exactos de financiamiento por parte de quien contribuya individualmente, en atención a los salarios mínimos nacionales, cuya variación no depende de las variables propias que