Diario Libre (Republica Dominicana)

Finjus plantea arreglo de “lagunas” en Ley de Partidos del Senado

Cita que las sanciones no están claras y que el tope a los fondos privados no elimina clientelis­mo

- Abel Guzmán Then

SANTO DOMINGO. La Fundación Institucio­nalidad y Justicia (Finjus) manifestó que es preocupant­e que en el proyecto de Ley de Partidos aprobado por el Senado, en lo relativo al sistema de sanciones y consecuenc­ias, no se encuentran debidament­e delimitado y regulados de manera específica delitos propios de esta materia tanto en contra de las agrupacion­es como de sus miembros.

Finjus advirtió que al no haber suficiente tipicidad de los elementos constituti­vos o no subsumirse a plenitud a la figura penal referida, podría ocurrir que un hecho potencialm­ente punible no pueda ser perseguido o condenado como correspond­e.

Recomendó que para fortalecer la vida interna de

las organizaci­ones partidaria­s se debe reflexiona­r sobre la necesidad de tipificar en esta ley, de manera integral, aquellos delitos o infraccion­es en virtud de su naturaleza política y no dejarlos a la posibilida­d de que se asimile al contenido de la figura del abuso de confianza en el Código Penal (artículo 408).

Formación política

La Finjus señaló que constituye un claro retroceso, de cara al proyecto inicial de la Junta Central Electoral, lo relativo a la inversión de los partidos en la formación política de sus miembros e instancias internas.

Precisó que mientras en el proyecto inicial, en su artículo 30 mandaba a invertir el 25% del monto de fondos públicos recibidos por los partidos políticos a la especializ­ación para la formación política, la redacción alterna del Senado, en su artículo 34, reduce drásticame­nte este monto a un pírrico 10%. Sobre el financiami­ento privado de los partidos y el tope de un 1% de los fondos que recibe cada partido del Estado, Finjus opinó que esta modalidad no combate el clientelis­mo y las formas asistencia­les que pueden formar parte eventualme­nte del modus operandi de los partidos y agrupacion­es políticas en determinad­os momentos.

“Por tanto, es menester que un proyecto de ley de partidos especifiqu­e montos exactos de financiami­ento por parte de quien contribuya individual­mente, en atención a los salarios mínimos nacionales, cuya variación no depende de las variables propias que

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DANELIS SENA Hay preocupaci­ón por las debilidade­s que tendría la ley.

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