Diario Libre (Republica Dominicana)

INA 212 (a)(6)(c)( i) o INA 204 (c)

- Karina Pérez Rojas

Cuando una persona tiene una petición anterior por un cónyuge y su visa ha sido negada, debe saber que tiene una de las dos mencionada­s ineligibil­idades. Sin embargo, la primera tiene waivers limitados; la segunda no. Hay que recordar que el Consulado recomienda que una petición sea revocada, pero USCIS debe tomar la decisión final. En ese sentido, es indispensa­ble saber realmente cuál es su inadmisibi­lidad ANTES de hacer una petición nueva, ya que el INA 204(c) dice que cuando una persona se casa con el fin de inmigrar a los Estados Unidos exclusivam­ente, esa persona es inadmisibl­e de por vida A MENOS que el mismo peticionar­io haga la petición, de nuevo. Saber exactament­e cuál es su inadmisibi­lidad le permitirá saber si será posible obtener o no un waiver. Una decisión del Board of Immigratio­n Appeals consideró que el artículo aplicable es el INA 212 (a)(6)(c)( i) y no mencionó en su decisión, el INA 204 c. En verdad, el INA 204(c) es tan serio, que impide de por vida que una persona pueda conseguir una petición de residencia posterior. Esto deja solo el camino de los waivers de visas de no-inmigrante disponible­s. Sin embargo, USCIS es libre para considerar una segunda petición y evaluar los méritos de la primera petición, antes de decidir sobre la segunda petición, por un peticionar­io diferente.

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