Diario Libre (Republica Dominicana)
Partidos políticos saludan reglamento de primarias
Sin embargo, dicen se excedió en número precandidatos
SANTO DOMINGO. Aunque con sus reservas por considerar excesivo el número de 10 precandidatos permitidos para la presidencia, senadores y el nivel municipal, representantes de partidos saludaron ayer el reglamento de aplicación de la Ley 33-18 sobre la celebración de primarias simultáneas, emitido por la Junta Central Electoral (JCE).
El secretario general del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Tony Peña Guaba, consideró que es un gran paso de avance el reglamento, pero que oportunamente como organización política fijarán posición.
A su juicio, lo única observación sería que son muchos los precandidatos a presentarse, “aunque admito que no se puede cercenar el derecho constitucional de elegir y ser elegido. Yo lo veo casi en todo bien”.
En sintonía, Ramón Rogelio Genao, secretario general del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), manifestó que en términos generales esa organización favorece el reglamento aprobado por la JCE.
"Apoyamos también la flexibilización en el costo de las primarias, sin embargo, consideramos que para el nivel de regidores y vocales es exagerado el tope de 10 candidaturas por posición elegibles debió de ser no más de 3 a 5 en esos niveles”, aseguró.
Manifestó que esa situación prácticamente obliga al voto electrónico por la dificultad que sería la confección de boletas.
Orlando Jorge Mera, delegado político del Partido Revolucionario Moderno (PRM), sostuvo que la reglamentación es el punto de partida de lo que será el 2019.
“Saludamos la aprobación del Reglamento de Ley de Partidos, de manera particular sobre primarias, tiempos y gastos de campaña”, aseguró, al tiempo de seña- lar que ahora falta la aprobación de la Ley Electoral que es crucial para normar la campaña y las elecciones del 2020.
La disposición
El reglamento, que fue modificado en varios puntos respecto a la propuesta inicial, contiene 58 artículos que regulan los tiempos para el proselitismo; la propaganda permitida y las prohibiciones durante el previo electoral y la precampaña.
Además contiene disposiciones sobre la participación, prohibiciones, gasto de la precampaña, la organización de las elecciones primarias, la presentación y requisitos de las precandidaturas, las listas de electores o padrón, así como los plazos para el cierre o depósito del mismo. También sobre la jornada y los horarios de votación, alianzas y reservas; escrutinio y procesamiento de los resultados; inscripción de candidatos electorales; y educación electoral y publicidad.
“Para el nivel de regidores y vocales es exagerado el tope de 10 candidaturas por posición” Ramón R. Genao Secretario del PRSC