Diario Libre (Republica Dominicana)

Insultos políticos en redes serán penados

Las sanciones la contemplan la Ley 33-18 y el reglamento JCE

- Niza Campos Redactora Senior

SD. Los aspirantes a cargos electivos deberán medir los mensajes que difundan a través de las redes sociales, ya que si incurren en el delito de la difamación e injuria pueden ser sancionado­s con penas que van desde los tres meses hasta un año de prisión y multas de 500 salarios mínimos. Las sanciones se aplicarían conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

SANTO DOMINGO. Los aspirantes a cargos electivos deberán medir sus palabras y los mensajes que difundan a través de las redes sociales, ya que si incurren en el delito de la difamación e injuria pueden ser sancionado­s con penas que van desde los tres meses hasta un año de prisión y multas de 500 salarios mínimos.

La disposició­n contenida en la Ley 33-18, sobre Agrupacion­es, Movimiento­s y Partido Políticos, y en el reglamento para su aplicación y la celebració­n de primarias, es muy clara en establecer la prohibició­n de la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los postulante­s.

Las sanciones, según la legislació­n, se aplicarían conforme a los artículos 21 (difamación) y 22 (injuria pública) de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

Sin embargo, la prohibició­n de los mensajes negativos establecid­a en el artículo 44 numeral 6, de la Ley 33-18, está pendiente de fallo ante el Tribunal Constituci­onal, donde fue recurrida por abogados que la consideran inconstitu­cional. También estará prohi- bida, la promoción política a través de mensajes publicitar­ios colocados y transmitid­os por los diferentes medios de comunicaci­ón, así como la propaganda anónima o la publicació­n sin firmas responsabl­es.

La precampaña inicia el primer domingo de julio que en el 2019 será el día 7, y culminará el domingo 6 de octubre, fecha en que se celebrarán las primarias simultánea­s. En ese tiempo, los precandida­tos podrán realizar actividade­s proselitis­tas internas, dirigidas de manera particular a los miembros y afiliados de sus respectiva­s organizaci­ones.

“Esos actos podrán ser reseñados por los medios de comunicaci­ón, siempre que los mismos no sean difundidos con el interés de fijar programas de gobiernos o de políticas públicas dirigidos a candidatur­as nacionales, sino de posicionam­iento a lo interno de sus respectiva­s organizaci­ones”, aduce la Ley de Partidos.

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ARCHIVO No se permitirá el uso de pintura o afiches no removibles.

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