Diario Libre (Republica Dominicana)

Director de DGII explica el crecimient­o del IPI

Envía carta a director de DL, a raíz de publicació­n

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El director general de Impuestos Internos (DGII), Magín Díaz, envió una carta DL, en la que respondeel artículo publicado bajo el título “Promueven cambios ley penalizarí­a más el patrimonio de la clase media”. A continuaci­ón el texto de la carta:

En referencia a la noticia titulada “Promueven cambios ley penalizarí­a más el patrimonio de la clase media”, publicada en la página 16 de la versión impresa de la fecha, así como en el portal digital, queremos hacer algunas precisione­s.

Observamos que mientras este se titula de la manera arriba indicada, insinuando que esta penalizaci­ón se mitiga al reducir la tasa del IPI a 0.25%, el cuerpo de la noticia se dedica a abordar el comportami­ento de la recaudació­n de IPI en el periodo 2009-2018, tocando en términos generales, pero sin ninguna concordanc­ia con la Ley 155-17 contra el Lavado de Activo ni el proyecto de Ley de Transparen­cia Patrimonia­l.

En la versión digital vemos que, por el contrario el título es: “Impuestos a la propiedad inmobiliar­ia, una curva de abismos y picos en su recaudació­n”.

En lo que respecta al comportami­ento de la recaudació­n, una cosa es la tasa de crecimient­o interanual y otra es el crecimient­o nominal (en millones de pesos). Durante el periodo analizado en el artículo, 2009-2018, el IPI pasó de recaudar RD$473.1 millones en 2009 a aportar RD$2,527.0 milloñala nes. Esto equivale a un crecimient­o promedio anual de RD$228.2 millones. Contrario a lo que indica el escrito del periódico, se evidencia un crecimient­o sostenido de la recaudació­n y no una “montaña rusa.

En términos porcentual­es, el crecimient­o de 121% observado en 2013 se explica por dos razones: La reforma tributaria y la ley de amnistía aprobadas a fines del 2012. Dicha reforma tributaria modificó el antiguo impuesto a las viviendas suntuarias, por un impuesto a la propiedad inmobiliar­ia, es decir, que en lugar de cobrar el impuesto por inmueble, ahora se cobra por el patrimonio inmobiliar­io total de la persona física.

Cabe indicar, que en dicha reforma el mínimo exento se aumentó de RD$3.0 millones a RD$6.5 millones, que con el ajuste por inflación anual (lo que implica menor base imponible) actualment­e es de RD$7.7 millones, como seel citado artículo. Este mínimo exento permite proteger propietari­os de viviendas de menos ingresos, exonerándo­los del pago. Es decir, una medida que fue en beneficio de la mayoría de la población.

En cuanto al proyecto de Ley de Transparen­cia Patrimonia­l, que está en discusión en el Congreso, este no deberá afectar a las personas físicas que hoy en día declaran y pagan correctame­nte el IPI, sobre la base de los valores establecid­os en DGII, aunque estos sean inferiores al valor de mercado, situación común en todos los países que graban la propiedad privada.

Tampoco será de aplicación generaliza­da ni obligatori­a, ya que es una decisión del contribuye­nte acogerse a sus disposicio­nes. El mismo tiene por objetivo permitir que aquellas personas que no hayan transparen­tado su patrimonio, inmobiliar­io o no, ya sea por subdeclara­ción o por interposic­ión de un tercero a título de presta nombre, puedan hacerlo a una tasa reducida de 2%; en lugar de pagar la tasa general del ISR según lo dispuesto en el artículo 268 del Código Tributaria, incluido en la reforma tributaria del año 2012 y que grava el incremento de patrimonio no justificad­o. Es decir, que es un proyecto que junto a la aprobación de una reducción en la tasa del IPI busca fomentar la transparen­cia y no la recaudació­n; y en ningún caso se penalizará a la clase media.

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Magín Díaz, director DGII.

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