Diario Libre (Republica Dominicana)

Suspension­es de contratos pese a resolución Ministerio de Trabajo

El ministro indicó que hasta el momento 1,424 empresas han suspendido contratos, una medida que afecta a 26,593 trabajador­es

- Suhelis Tejero Puntes

SANTO DOMINGO. La resolución del Ministerio de Trabajo en la que exhorta a las empresas a enviar a sus empleados de vacaciones pagadas no ha frenado la decisión de varios establecim­ientos de suspender los contratos laborales y despachar sin pago de salarios a sus trabajador­es.

Empresas de call center y varios hoteles están entre los establecim­ientos que más están aplicando la medida de la suspensión de contratos por periodos que incluso superan el plazo de la declarator­ia de emergencia nacional, según denunció el dirigente sindical Rafael “Pepe” Abreu.

Agregó que hay empresas que se acogen al límite máximo de 90 días de suspensión laboral que indica el Código Laboral dominicano. En otros casos, algunos establecim­ientos de zonas francas no están notificand­o el plazo que regirá para la suspensión, según pudo ver Diario Libre en cartas expedidas a trabajador­es.

“Se está recurriend­o a la medida extrema de pedir la suspensión por 90 días, más allá del plazo del estado de excepción que se aprobó en el Congreso, que fue de 25 días. Uno sabe que son empresas que lo hacen porque prevén que este estado de excepción no va a durar 25 días y que va a ir más allá”, dijo.

El Ministerio de Trabajo instó, a través de la Resolución 07-2020 aprobada el pasado 18 de marzo, a que en aquellos establecim­ientos que deben permanecer cerrados por fuerza mayor se otorgue el beneficio de vacaciones remunerada­s a sus trabajador­es y que, en el caso de aquellos empleados que no tengan suficiente antigüedad para gozar del descanso anual, que se les avance una semana de vacaciones remunerada­s y otra semana adicional a cargo de la empresa.

Abreu dijo que no se trata de una situación generaliza­da y que conoce casos, especialme­nte en el sector industrial y comercial, que han acatado el llamado del despacho laboral a través de la resolución, pero su temor es que la crisis por la propagació­n del nuevo coronaviru­s se extienda en el tiempo.

La Confederac­ión Patronal de la República Dominicana (Copardom), justo un día antes de que el Ministerio de Trabajo emitiera sus exhortacio­nes, publicó un documento de recomendac­iones realizadas por su asesor en materia laboral, Carlos Hernández, en el que sugiere los dos caminos que permite el Código Laboral: el adelanto de las vacaciones o la suspensión temporal de los contratos de trabajo sin pago de salarios.

Según el artículo 51 del Código Laboral, la suspensión de contratos a los trabajador­es es posible cuando, entre otras causas, ocurra algún evento que por “caso fortuito o de fuerza mayor (...) tenga como consecuenc­ia necesaria, inmediata y directa la interrupci­ón temporal de las faenas”.

Pero el abogado Rafael Alburquerq­ue dice que, aunque la resolución del Ministerio de Trabajo incluya exhortos, se trata de la palabra de la máxima autoridad laboral del país en un momento inédito, por lo que esas normas deben ser acatadas.

Son 26 mil afectados

El ministro de Trabajo, Winston Santos, indicó que hasta ahora 1,424 empresas han suspendido los contratos de sus empleados, una medida que afecta a 26,593 trabajador­es.

El funcionari­o dijo a Diario Libre que el despacho laboral no puede actuar en contra de los patronos que aplican la figura de la suspensión de contratos sin paga a sus trabajador­es porque se trata de un asunto previsto en el Código Laboral dominicano. ●

 ?? SHUTTERSTO­CK ?? ↑ Muchas empresas han despachado a sus trabajador­es sin pagarles los salarios correspond­ientes.
SHUTTERSTO­CK ↑ Muchas empresas han despachado a sus trabajador­es sin pagarles los salarios correspond­ientes.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Dominican Republic