Diario Libre (Republica Dominicana)
Poner fin a las redes ilegales en República Dominicana
● Se realizó un operativo sorpresa en San Cristóbal y Peravia ● Medio Ambiente trabaja en controlar las artes de pesca
SANTO DOMINGO. El pasado viernes 13 de noviembre el Ministerio de Medio Ambiente, a través del Viceministerio de Costeros y Marinos, realizó el segundo operativo sorpresa de incautación de redes de pesca. El primero fue realizado en Sabana de La Mar y este último en las provincias San Cristóbal y Peravia, en las playas Palenque y Los Almendros respectivamente.
A las 7:30 de la mañana, personal del Viceministerio de Recursos Costeros Marinos, del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, intervino por sorpresa playa Palenque, en San Cristóbal, con la finalidad de incautar redes de pesca que consideran que atentan contra la vida marina y el ecosistema marítimo.
Miembros de la Armada y la seguridad del Ministerio de Medio Ambiente, incautaron en esta playa cuatro chinchorros de arrastre y cuatro trasmallos de ahorque, uno de ellos de más de un kilómetro de largo, según los pescadores, valorado en más de RD$300,000.
Luego de varias evaluaciones del impacto de las redes en la zona, el Ministerio explicó a Diario Libre que en los ecosistemas presentes se ha reportado la muerte de un manatí y de tortugas marinas que han quedado atrapados en chinchorros y trasmallos de ahorque. Además de la captura de peces en estado juvenil.
Además de esto, pescadores de cordel y otras artes de pesca permitida, han denunciado y exigido al Ministerio eliminar estas malas prácticas.
El Ministerio sustenta el operativo en la Ley No. 30704 que crea el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (CODOPESCA). En el capítulo XVI de Artes y Medios de Pesca Prohibidos, el artículo 63 prohibe el uso de chinchorros de arrastre y de redes de arrastre en las desembocaduras de cursos de agua, en los estuarios, en las bahías, praderas marinas y en las zonas arrecifales.
Además de la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, en su artículo 8 establece: “El criterio de prevención prevalecerá sobre cualquier otro en la gestión pública y privada del medio ambiente y los recursos naturales. No podrá alegarse la falta de una certeza científica absoluta como razón para no adoptar medidas preventivas y eficaces en todas las actividades que impacten negativamente el medio ambiente, conforme al principio de precaución”.
Y por último el Art. 15: “La prevención, regulación y control de cualquiera de las causas o actividades que causen deterioro del medio ambiente, contaminación de los ecosistemas y la degradación, alteración y destrucción del patrimonio natural y cultural”.
Durante el operativo, pescadores y propietarios de las redes manifestaron su inconformidad con la medida, que consideraron ilegal y arbitraria.
Sin embargo, Manuel de Jesús Pérez, quien es pescador de cordel en Palenque, manifestó a Diario Libre que la pesca con redes es depredadora y considera que debe controlarse la medida del ojo de la malla, para que la fauna marina aumente.
Según el Viceministerio de Costeros y Marinos, el personal de esa dependencia estará interviniendo otras zonas, donde se evidencia un deterioro progresivo de los ecosistemas marinos y de sus recursos, como consecuencia del uso de esas artes y medios de pesca. ●