Diario Libre (Republica Dominicana)

¿Para qué sirve el Defensor del Pueblo?

En última instancia, ciudadanos deben demandar en los tribunales por su cuenta Hoy cierra convocator­ia de inscripció­n

- Balbiery Rosario

SD. La Constituci­ón dominicana atribuyó al defensor del Pueblo (DP) la función de salvaguard­ar los derechos fundamenta­les de las personas y los intereses colectivos en caso de que sean violados por funcionari­os o prestadore­s de servicios públicos o privados que afecten intereses colectivos.

Es un mediador entre la administra­ción y los administra­dos cuando la administra­ción en su accionar desconoce derechos fundamenta­les, explica la abogada constituci­onalista, Cristina Aguiar.

La Constituci­ón del 2010 incluyó la figura del DP, que ya había sido creada por la Ley 19-01 del 2001.

De lo anterior, cualquiera pensaría que puede llevar ante el DP quejas por tarifas eléctricas injustas, especulaci­ón de precios, interrupci­ón del servicio eléctrico o por incumplimi­ento de la velocidad de descarga de los paqueticos de Internet que compran los ciudadanos. La realidad es que en todos esos casos la DP enviaría al ciudadano a llevar la queja ante entidades de protección de usuarios, para agotar la vía administra­tiva.

Se trata del Instituto Dominicano de las Telecomuni­caciones (INDOTEL), el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), Protecom para el servicio eléctrico y Prousuario en la Superinten­dencia de Bancos para servicios financiero­s.

El abogado constituci­onalista Yovanny Díaz asegura que la DP no hace valer su rango constituci­onal ni cumple su función de proteger derechos dejando a cargo de las mismas entidades del sistema la protección de los usuarios. Díaz entiende que la ley debería ser modificada para que todos esos órganos estén bajo la DP.

Un abogado de la oficina de la DP explicó por teléfono que si las entidades supuestas a proteger a los usuarios no logran una solución, ellos hacen un levantamie­nto, preparan un informe y se lo presentan a los encargados de área de la entidad donde se origina la queja. Si ellos no hacen caso a sus recomendac­iones, se refiere al ciudadano al Tribunal Superior Administra­tivo para que busque a un abogado y haga un sometimien­to, o a otro tribunal competente.

El resumen de gestión de la DP desde mayo de 2019 hasta abril de 2020 muestra que tan solo procesó 20 casos correspond­ientes a prestadore­s de servicios: 14 de entidades públicas y seis privadas.

La ley 19-01 otorga a la DP y sus adjuntos poder de inspeccion­ar las oficinas públicas y aquellas entidades prestadora­s de servicios públicos sin previo aviso, y requerir de ellas todos los documentos e informacio­nes necesarias para materializ­ar su labor.

La DP también puede iniciar una investigac­ión sobre cualquier conducta cuestionab­le de un servidor

público, como corrupción.

Pero las herramient­as correctiva­s que la ley confiere a la DP son la de amonestar, hacer pública una falta, o apoderar al Ministerio Público.

Pedro Tineo, presidente de la comisión de diputados encargada de conformar las ternas para que el Senado elija al próximo DP informó que este martes calendizar­án las entrevista­s de más de 70 postulante­s que se inscribier­on.

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