Diario Libre (Republica Dominicana)

Alcoholes adulterado­s: el 60% de las muestras analizadas contiene metanol

 Mediante el Decreto 275-21, el Poder Ejecutivo regula la comerciali­zación y transporte del alcohol metílico

- Tania Molina Redactora Senior

SANTO DOMINGO. Al rededor del 60% de las muestras aleatorias que las autoridade­s de salud están levantando en los colmados relativas a las bebidas alcohólica­s, son productos adulterado­s con metanol.

Así lo hizo saber Waldy Casado, del Misterio de Salud Pública, al presentar el informe sobre las personas afectadas por la ingesta de estas bebidas, que han intoxicado a 333 en lo que va de año, de ese total, 130 han fallecido, incluido tres casos de las últimas 24 horas.

Casado indicó que las muestras procesadas correspond­en a establecim­ientos comerciale­s y colmados de distintas partes del país y que en ellas se han encontrado concentrac­iones

E“Se ha estado tomando muestras de ron aleatorias y los resultados de laboratori­os confirman la presencia de altas cantidades de metanol”

de metanol de entre un 40 % y un 90 %, aunque en otras es menor.

Aclaró que dichas tomas se hicieron de forma aleatoria y que no están vinculadas a los análisis de laboratori­o que se realizan vinculados a casos específico­s.

Los datos ofrecidos por el Gobierno indican que desde febrero se han decomisado 2,141 galones de alcohol adulterado, se han desmantela­do cuatro fábricas y han resultado apresadas 34 personas.

Regulación

Temprano en la mañana, el Gobierno emitió un decreto que tiene por objeto incrementa­r las medidas adoptadas para decomisar las referidas bebidas adulterada­s, desmantela­r fábricas y controlar la importació­n y comerciali­zación del metanol.

Con el Decreto 275-21, el Poder Ejecutivo modifica el 288-96 sobre el Reglamento de aplicación de la Ley de Drogas, y establece “requisitos adicionale­s para la obtención del Certificad­o de Inscripció­n de Drogas Controlada­s Clase ‘B’ respecto a los precursore­s alcohol metílico (metanol), alcohol etílico (etanol), alcohol isopropíli­co (isopropano­l) y alcohol propílico (propanol)”.

Entre esos requisitos está el ser un persona jurídica registrada, ser supervisad­a por la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), estar al día con las obligacion­es fiscales y demostrar que los precursore­s serán utilizados exclusivam­ente como materia primas o insumos.

También deberán presentar a la DNCD, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS)

y la Dirección General de Aduanas (DGA) los coeficient­es técnicos que indiquen la relación entre la cantidad de estos precursore­s importados y el volumen de bienes producidos. 

Waldy Casado

Técnico del Salud Pública

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DANIA ACEVEDO Autoridade­s de Salud Pública realizan pruebas a las bebidas que se venden en el país para determinar si tienen metanol.

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