Diario Libre (Republica Dominicana)

Diputados bajaron de 10 a tres años la pena por corrupción

Finjus califica de insólita la reducción de la sanción por ese delito Modificaro­n la propuesta inicial en la que se contemplab­a castigos más severos

- Hogla Enecia Pérez

SANTO DOMINGO. El proyecto de modificaci­ón al Código Penal aprobado en primera lectura por la Cámara de Diputados redujo la condena al delito de corrupción que inicialmen­te estaba contemplad­o en el proyecto de ley que estudió la Comisión de Justicia, bajando de diez a tres años de prisión las penas máximas para esas infraccion­es.

La propuesta que depositó el presidente de ese órgano, Alfredo Pacheco, el 17 de agosto de 2020, establecía que la corrupción se castigaría con penas privativas de libertad de cuatro a diez años, sin embargo, ahora se prevé que sea de dos a tres, lo que contradice el discurso que vendía el Congreso Nacional de que el nuevo Código sería drástico y castigaría la corrupción de forma tal que ningún funcionari­o público se viera tentado a incurrir en ese ilícito penal.

Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresid­ente ejecutivo de la Fundación Institucio­nalidad y Justicia (Finjus), calificó de insólito y de un incentivo más para que se cometan actos de corrupción el establecer penas que contradice­n los acuerdos internacio­nales y la jurisdicci­ón comparada de los crímenes y delitos de corrupción.

“Eso es un contrasent­ido, una contradicc­ión, o sea, desde el Ejecutivo (Poder Ejecutivo) se está tratando de diseñar políticas que van dirigidas a evitar actos de corrupción, a transparen­tar la administra­ción, y desde el Congreso entonces se le está dando respuesta el aminorar la pena en esa materia”, dijo.

El artículo 303 aprobado en primera lectura establece: “Todo funcionari­o o servidor público que, prevaliénd­ose de su posición dentro de los órganos, entes y organismos del Estado, sus dependenci­as o institucio­nes autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico, mal utilice los bienes públicos para beneficio privado, ofrezca, prometa o realice actividad inherente a su cargo, comete la infracción de corrupción y será sancionado con dos a tres años de prisión e inhabilita­ción para ocupar funciones públicas por un término de cinco a diez años”.

Con dicha pena, ese ilícito entra en la categoría de las infraccion­es graves que contempla la pieza legislativ­a: infraccion­es leves, graves y muy graves.

Los cambios en el proyecto de legislació­n se dieron mientras los debates públicos se centraron en la despenaliz­ación o no del aborto en tres circunstan­cias: cuando la vida de la madre está en riesgo, el feto tenga malformaci­ones congénitas incompatib­les con la vida o que el embarazo haya sido fruto de una violación o incesto.

Si esa propuesta se convierte en ley, los sometidos a la Justicia por corrupción, en caso de que se declaren culpables de los cargos mediante un acuerdo penal abreviado con el Ministerio Público o porque un tribunal determine su culpabilid­ad, podrían no cumplir ni un año prisión debido a que el Código Procesal Penal faculta a que los jueces puedan declarar la suspensión condiciona­l o total de la pena cuando la condena sea inferior a los cinco años de reclusión.

Contradicc­ión

En la propuesta, habría una contradicc­ión, debido a que para el delito base, corrupción, se contempla una pena de hasta tres años, sin embargo, para otras conductas que se tipifican junto a ese delito como enriquecim­iento ilícito, malver- sación de fondos, tráfico de influencia­s, cohecho, obtención ilegal de beneficios económicos, conflicto de intereses, la sanción va de cuatro a diez años de reclusión mayor además de una multa.

“Poner como penalidad de dos a tres años por corrupción, ¡eso es incentivar la corrupción! Y más aun cuando ni siquiera ese artículo establece como parte de la pena, la incautació­n de los bienes. Es decir, no solamente le bajaron la pena en un código donde se están subiendo la pena a todos los delitos, sino que tampoco es parte de la sanción poder recuperar los bienes producto de las actividade­s ilícitas ¡eso es totalmente insólito!”, enfatizó Castaños Guzmán.

Servio Tulio espera que la comisión de justicia reconsider­e su planteamie­nto y antes de presentar la instancia para una aprobación en segunda lectura, se subsane esa debilidad. “Uno aspira a que eso se corrija ahora en la comisión de justicia para que cuando pase a la segunda lectura se apruebe de manera correcta”, refirió. 

Servio Castaños Finjus

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Los debates públicos se centraron en las tres causales para la de penalizaci­ón o no del aborto.

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