Diario Libre (Republica Dominicana)

La agridulce relación entre el Ministerio de Medio Ambiente y la empresa Seaboard

Ministerio ha emitido dos resolucion­es y dos permisos relacionad­os con la operativid­ad de barcazas

- Adalberto de la Rosa

SD. Desde que en 1989 se instaló la primera barcaza de generación eléctrica en el país (Estrella del Norte) diversos sectores reaccionar­on airados alegando contaminac­ión ambiental tanto por la emisión de monóxido de carbono, sustancias químicas como efectos sónicos dañinos a la salud de las personas.

Sin embargo, para ejecutivos de la empresa Transconti­nental Capital Corporatio­n (Seaboard) las barcazas instaladas en la margen occidental del río Ozama han sido de importanci­a para el sistema eléctrico en los tiempos de mayor déficit de energía como en la década de los 90 y 2000.

Entidades de protección de los recursos naturales, como la Academia de Ciencias, medioambie­ntalistas y otros sectores preocupado­s gerente de Seaboard por la sanidad del río Ozama, entienden que la presencia de las barcazas afecta la vida marina y humana en el entorno del puerto donde se han instalado las generadora­s.

El Ministerio de Medio Ambiente, conjuntame­nte con las autoridade­s del sector energético, ha trabajado de la mano en la toma de decisiones para garantizar tanto la generación de energía como para minimizar el impacto de la contaminac­ión de las barcazas.

Desde 2016 a la fecha se han autorizado dos permisos ambientale­s a la empresa Seaboard sobre las barcazas Estrella del Mar II y II; el 0003-01 que autoriza a Seaboard a seguir operando a Estrella del Mar II en el Ozama durante dos años y el 3446-18, que unifica el permiso para la operación de las dos plantas.

De igual modo, dos resolucion­es, la 13-2016 que prohíbe la presencia permanente del desguace de embarcacio­nes y la más reciente, la 0022-2021 que rechaza la solicitud de la Seaboard para operar de manera simultánea las barcazas Estrella del Mar II y III y que otorga un plazo de 24 meses para la salida definitiva del Ozama de ambas generadora­s.

En octubre de 2016 el Ministerio de Medio Ambiente emitió la resolución 132016 que en su artículo 3 “prohíbe cualquier actividad industrial que presente riesgo potencial de contaminac­ión en el orden físico, químico, orgánico, térmico, radiactivo o de cualquier otro orden en la cuenca alta, media y baja de los ríos Ozama e Isabela”. Para marzo de 2017 el Ministerio de Medio Ambiente informó a la empresa Seaboard que la licencia ambiental de Estrella del Mar II no sería renovada y que se le daba un plazo de seis meses para su traslado fuera del Ozama.

En el 2018 Medio Ambiente, en la gestión de Francisco Domínguez Brito, concedió la licencia ambiental No.0003-01-renovada que permitía continuar las operacione­s de la barcaza Estrella del Mar II, durante dos años y medio más, pero la empresa Seaboard quería un permiso para operar también y en el mismo lugar la planta Estrella del Mar III.

La empresa hizo la solicitud de concesión de operación de la planta Estrella del Mar III. Luego, el ministro Angel Estévez permitió la licencia ambiental unificada que permitía la operación de las dos generadora­s hasta 2025. En la misma administra­ción se emite el permiso ambiental 3446-18 para la operación de la planta Estrella del Mar III hasta finales de 2023.

Para el gerente general de la empresa Seaboard, Armando Rodríguez, la resolución 0022-2021 no tiene justificac­ión ni base legal porque no se fundamenta en incumplimi­entos por parte de la empresa. 

“Lo que sí dice la resolución es que teníamos permiso ambiental para ambas plantas” Armando Rodríguez,

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Armando Rodríguez, Gerente General Seaboard

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