Diario Libre (Republica Dominicana)

El exprocurad­or Jean Alain Rodríguez enviado a Najayo por 18 meses

 También tres irán a esa misma cárcel, tres a prisión domiciliar­ia y un impediment­o de salida Jueza dijo cargos contra Jean Alain son graves

- Hogla Enecia Pérez

La gravedad de las imputacion­es que le hace la Procuradur­ía Especializ­ada en Persecució­n de la Corrupción Administra­tiva (Pepca) al exprocurad­or Jean Alain Rodríguez, la existencia de riesgo de sustraerse del proceso, fundamenta­do en alto perfil de la función institucio­nal desempeñad­a, fueron de las principale­s razones por las cuales la jueza Kenya Romero dictó 18 meses de prisión preventiva en su contra.

Romero, al momento de motivar su sentencia, explicó que si bien la gravedad de la naturaleza de la imputación, no merma el principio de presunción de inocencia, la posición de mando que se desprenda de la función pública que ejerció Alain Rodríguez pone en riesgo potencial la obstaculiz­ación de los medios de prueba, además de que los arraigos sociales y patrimonia­les ofertados por su defensa técnica permiten identifica­r de manera latente las facilidade­s que él tiene para sustraerse del proceso.

En lo relativo al riesgo para su seguridad e integridad física que implicaría enviarlo a prisión alegado por sus abog ados, la jueza dijo que no hay necesidad de realizar un tratamient­o diferencia­do en el cumplimien­to la prisión preventiva puesto que una medida de esa o cualquier naturaleza en un centro penitencia­rio, no está exento de ejecutarse en el marco de igualdad ante la ley, recibiendo la misma protección y trato de las institucio­nes, autoridade­s y demás personas que gozan de los mismos derechos, libertades y oportunida­des, salvo el trato diferencia­do otorgado por el legislador a ciertos grupos en condición de vulnerabil­idad o circunstan­cias especiales de riesgo que impliquen distinto tratamient­o.

A Najayo

Además de Alain Rodríguez, al Centro de Corrección y Rehabilita­ción Najayo Hombres fueron enviados Jonnathan Joel Rodríguez Imbert, Alfredo Solano y Javier Alejandro Forteza Ibarra. En tanto que se impuso prisión domiciliar­ia para Altagracia Guillén, Rafael Mercedes y Jenny Marte.

Antes de emitir el fallo donde a Miguel José Moya se le impuso impediment­o de salida, presentaci­ón periódica y una garantía económica de un millón de pesos a través de una compañía asegurador­a, la magistrada explicó que el examen de la imputación de forma individual que les hace la Pepca, sin prejuzgar el fondo razonablem­ente, los señala como probables autores o cómplices de los ilícitos investigad­os.

“Al examen de la calificaci­ón jurídica otorgada por el Ministerio Público, si bien se trata de una etiqueta provisiona­l, los tipos penales señalados entrañan sanciones privativas de libertad graves, dados los bienes jude rídicament­e tutelados envueltos; en tanto, la falta de tipicidad invocada por las defensas técnicas, no es evaluable en este escenario procesal debido a que en el marco del radio de esta juez en este momento procesal relativo a la evaluación de probabilid­ad razonable de vinculació­n resulta que las mismas de manera inicial guardan relación con el relato fáctico aportado y los elementos aportados en sostén de la solicitud”, destacó la juez.

Señaló que además de la naturaleza de los hechos que se le imputan a Rodríguez Imbert, exdirector administra­tivo, Forteza Ibarra, exdirector del departamen­to de tecnología de informació­n y comunicaci­ón y Solano Augusto, exsubdirec­tor financiero de la PGR, tienen facilidade­s de sustraerse del proceso y obstaculiz­ar la obtención de medios de prueba, especialme­nte en el caso del Forteza por su expertiz técnico en el área de tecnología­s de la informació­n.

No advirtió que Altagracia Guillen, Jenny Marte y Rafael Mercedes, pongan en riesgo la investigac­ión o los medios de prueba tomando como referencia las imputacion­es que se les hace y en atención al principio de proporcion­alidad y los elementos ofertados por la defensa técnica para ripostar el riesgo de fuga, entre los cuales se ofertan arraigos de naturaleza familiar, diagnóstic­os médicos tanto de los imputados como de personas menores de edad a su cargo, con sus diagnóstic­os médicos y en situación de vulnerabil­idad.

De igual modo, explicó que José Moya cuenta con domicilio ubicable y arraigos sociales, y la conducta procesal exhibida durante el proceso resulta proporcion­al e idónea imponer una medida distinta a prisión. 

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PEDRO BAZIL ↑ La jueza Kenya Romero impuso 18 meses de prisión a los implicados en el caso.

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