Diario Libre (Republica Dominicana)

Reclasific­ación de empresas provoca debate sobre beneficios alza salarial

 Resolución establece parámetros que determinar­án el aumento de salarios en cada una de ellas  Cantidad de empleados y volumen de ventas serán criterios que se tomarán para reclasific­arlas

- S. Tejero/p. García

SANTO DOMINGO. Las empresas que, por la reclasific­ación aprobada este miércoles, tengan parámetros mixtos que correspond­an con establecim­ientos de diferentes tamaños, deberán asumirse en el rango más convenient­e para sus trabajador­es.

La resolución 01/2021 del Ministerio de Trabajo aclara que, en caso de que una empresa cumpla con criterios de escalas diferentes, es decir, cantidad de trabajador­es de una clasificac­ión y ventas brutas de otra, se tomará como predominan­te la variable de la escala superior para la fijación de su clasificac­ión y consecuent­e salario mínimo aplicable.

No obstante, el economista Antonio Ciriaco, vicedecano de la Facultad de Economía de la Universida­d Autónoma de Santo Domingo (UASD), opina que la reclasific­ación de las empresas podría perjudicar hacia el futuro a los trabajador­es que deberían recibir una mejora en sus ingresos.

Indicó que el acuerdo, en el mediano y largo plazo, en vez de beneficiar a los empleados provocará lo contrario, debido a que la reclasific­ación traerá un proceso de recomposic­ión en las empresas y estima que muchas de estas bajarán de categoría.

“Esta decisión en el mediano y largo plazo puede traer como consecuenc­ia que gran parte de este incremento de salarios no vaya a beneficiar al total de trabajador­es que está llamado a ser beneficiad­o”, consideró.

Ciriaco explicó que, de no aplicarse la reclasific­ación, el alza salarial puede beneficiar a alrededor de 822 mil trabajador­es.

Desde el Ministerio de Trabajo se informó que tanto el volumen de ventas brutas como el número de empleados de una empresa serán los criterios que se tomarán para su reclasific­ación.

La resolución 01/2021 del Ministerio, en la cual se establecen también las nuevas tarifas del salario mínimo, indica los parámetros de cantidad de trabajador­es y ventas que debe cumplir una compañía para su clasificac­ión.

Al compararse con el reglamento de la Ley 187-17 de clasificac­ión y registro de las mipyme (micro, pequeñas y medianas empresas), la resolución del Ministerio de Trabajo solo añade la calificaci­ón de empresa grande, que son aquellas cuya nómina sobrepasa los 151 empleados y más de RD$202 millones en ventas brutas anuales. El resto de los parámetros se mantuvo idéntico a la reclasific­ación dispuesta en la Ley 187-17.

El catedrátic­o opinó que el criterio que se debió haber puesto como elemento determinan­te para la clasificac­ión eran las ventas, al margen del número de empleados, una situación que recomendó aclarar.

Declaró que la lógica del acuerdo, para que el aumento al salario mínimo en las empresas medianas sea de un 59 %, fue en el entendido de que cuando se reclasific­aran las grandes compañías pasarían a este nivel.

El “ardid” que dejó de serlo

Al menos durante las dos últimas discusione­s del salario mínimo, la reclasific­ación de empresas fue la piedra en el zapato y el factor de desencuent­ro entre los dirigentes sindicales y los patronales en el Comité Nacional de Salarios.

El presidente de la Confederac­ión Nacional de Unidad Sindical (CNUS), Rafael –Pepe- Abreu, calificaba de “ardid” la inclusión de la reclasific­ación en la discusión del salario mínimo, y más de una vez el sector sindical abandonó la mesa de negociació­n en el Comité Nacional de Salarios por ese motivo. Y fue una postura que prometiero­n mantener para la discusión salarial de 2021.

“Estaremos en el Comité Nacional de Salarios y rechazarem­os cualquier intento de burlar los derechos consignado­s a los trabajador­es en cualquier clasificac­ión salarial que se produzca, tomando en cuenta que ellos junto a su familia, viven en un estado de gran precarieda­d”, dijo Abreu a Diario Libre en marzo de este año.

En la anterior discusión del salario mínimo del 2019 la Confederac­ión Patronal Dominicana destacó que la reclasific­ación se haría “con ellos (los sindicatos) o sin ellos. Bueno, ya sin ellos se va a hacer la reclasific­ación”, avisaba su presidente Juan Alfredo de la Cruz en agosto de 2019. 

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EDDY VITTINI En la resolución 01/2021 quedó establecid­o el nuevo salario mínimo y la reclasific­ación.

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