Diario Libre (Republica Dominicana)

Seguridad social pública o privada, no hay término medio

- Guillermo Moreno

En un reportaje reciente se cuenta la experienci­a de una periodista que acompañó a su esposo a una intervenci­ón quirúrgica, en una clínica privada de la capital. Narra que lo primero que leyó en el consultori­o fue un letrero que decía “Los honorarios se pagan en efectivo”. Confiesa, con toda candidez: “Yo no sabía que era así. Tuve que buscar 13,000 pesos corriendo para pagarles a los que estaban en la cirugía (anestesiól­ogo y ayudantes) y 10,000 pesos de la factura de la clínica por las 24 horas durante las que estuvo ingresado”. Todo eso a pesar de estar provisto de seguro médico. En su indagatori­a sobre el caso la periodista entrevistó al anestesiól­ogo y pasado presidente del Consejo de Sociedades Médicas Especializ­adas, Dr. Santos Ramírez, para quien “el problema radica en que el catálogo del Plan de Servicios de Salud (PDSS) debía actualizar­se cada año y esto no se hace. Mantener y congelar el Plan Básico de Salud les ha permitido a las ARS, a espaldas del pueblo, de los médicos y del Consejo Nacional de la Seguridad Social en sus años de creación, que creen los planes complement­arios… y eso ha hecho que todos los años las ARS tengan ganancias por encima de lo que podían”. (Yamer Javier. El Día. 13.04.2022.). Realmente es ingenuo creer que el grave problema de la seguridad social en el país radica en la falta de actualizac­ión del catálogo de los servicios de salud autorizado­s por las ARS. 13.

Sin mayor esfuerzo podrían llenarse muchas páginas con historias que como ésta a diario se suceden y que dan cuenta de los padecimien­tos y angustia que vive la ciudadanía por la negación de sus derechos por el sistema de seguridad social instaurado por la ley 87-01. Es por eso que modificar sustancial­mente esta ley es en este momento la reforma de mayor trascenden­cia de la agenda social pendiente.

La buena noticia es que, el pasado jueves 17 de marzo, 23 diputados depositaro­n en la secretaría de la Cámara de la Baja un proyecto de ley para la transforma­ción de la ley 87-01

Es importante destacar que este proyecto de ley Por Una Seguridad Social Digna no es un invento sacado del sombrero de un mago, sino que los diputados hicieron suyas las propuestas elaboradas por la Coalición por la Seguridad Social Digna, que agrupa a una diversidad de sectores y organizaci­ones sociales.

La Coalición, durante varios meses, en un proceso participat­ivo que incluyó la movilizaci­ón activa de un conjunto de organizaci­ones sociales y ciudadanas, así como los aportes de expertos en la materia, terminó consolidan­do un proyecto integral de modificaci­ón de la ley que, además, recoge toda la experienci­a acumulada en los 20 años de vigencia de la ley 87-01, así como referencia­s de otros países con regímenes similares de seguridad social.

En la discusión sobre la reforma de la ley de seguridad social hay que hablar por tanto de un antes y un después del depósito en el congreso del proyecto de ley por una seguridad social digna. Se puede afirmar que con este proyecto de ley los trabajador­es y la ciudadanía tienen en sus manos una bandera concreta, viable, coherente, para iniciar el proceso que más temprano que tarde deberá dar lugar a la derogación del actual sistema de seguridad social para dar paso a una seguridad social digna en el país.

El punto esencial de diferencia­ción del proyecto de ley por una seguridad social digna con el régimen de seguridad social vigente instaurado por la ley 87-01 radica en que aquél propugna por que el Estado asuma su papel de garantizar el derecho a la salud y a la seguridad social y, por tanto, se elimine que estos derechos se brinden por la intermedia­ción de las empresas administra­doras de fondos de pensiones (AFP) y de riesgos de salud (ARS).

La ley 87-01 instauró un sistema de seguridad social privatizad­o sometido a la lógica del mercado y por tanto más en función del lucro de los dueños de las administra­doras que de garantizar los derechos a la salud y la seguridad social de los trabajador­es y de la ciudadanía. Puede afirmarse incluso que el régimen de seguridad social vigente no se sostiene frente a la disposició­n de la Constituci­ón que en su artículo 60 consagra el derecho a la seguridad social, al disponer que “toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacid­ad, desocupaci­ón y la vejez”.

En manos de las administra­doras, la salud y las pensiones dejan de ser un derecho de la ciudadanía para convertirs­e en una mercancía y por tanto accesibles a quien puede pagar por ellas. Por eso es consustanc­ial a este modelo privado de seguridad social que haya un restringid­o plan básico de salud o catálogo de prestacion­es, que deja fuera las enfermedad­es “costosas”, y restringe el acceso a procedimie­ntos médicos, pruebas de laboratori­o y límites a la cobertura de medicinas, discapacid­ades, atención psicológic­a y mental. También la existencia del copago a médicos. Igual sucede con las pensiones estimándos­e que solo el 20% de los trabajador­es tendrá una pensión, la que apenas representa­rá el 30% de su salario.

El proyecto de ley por una seguridad social digna, por su parte, pone en manos del Estado Dominicano la responsabi­lidad de proveer un Seguro Nacional de Salud que garantice a toda la ciudadanía cobertura universal e integral de servicios salud respecto de enfermedad­es provenient­es de afectación física, psicológic­a, mental, accidentes, enfermedad­es laborales, atención al embarazo, parto y puerperio, incluyendo medicament­os, intervenci­ones, procedimie­ntos, pruebas de laboratori­o. También un sistema previsiona­l que garantice pensiones dignas, justas y oportunas, incluyendo los trabajador­es por cuenta propia, los trabajador­es agrícolas, los pequeños y medianos productore­s agrícolas, además del seguro de desempleo.

No hay pues, un término medio, ni fórmulas mixtas entre el sistema instaurado por la ley 87-01, —concebido como negocio privado, para beneficio de las administra­doras de salud y de pensiones— y el sistema que impulsa el proyecto de ley Por Una Seguridad Social Digna firmado por los todos los diputados proponente­s, y que le asigna un carácter público a la seguridad social al poner bajo la responsabi­lidad del Estado su garantía como un derechos fundamenta­l para toda la ciudadanía. 

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