Diario Libre (Republica Dominicana)

La militancia política en las Altas Cortes genera debates en mesa del CES

El 11 de mayo se reunirá la mesa de discusión de la Constituci­ón

- Ycell Suero

SD. La discusión del anteproyec­to de ley que declara la necesidad de una reforma constituci­onal se prolongó hasta el próximo miércoles cuando culminarán con la presentaci­ón de las modificaci­ones sometidas por el Poder Ejecutivo a la Suprema Corte de justicia, Poder Judicial, Tribunal Constituci­onal, al Régimen Electoral, entre otros puntos dispuestos dentro de esa iniciativa.

En la reunión de la mesa temática de Transparen­cia e Institucio­nalidad, espacio a cargo del debate de la reforma, Noel Sued Canahuate, director de Proyectos jurídicos del Poder Ejecutivo, comenzó la presentaci­ón con la modificaci­ón planteada por el Gobierno del artículo 153 sobre los requisitos de los jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), donde se establece que para ser parte de las Altas Cortes se tiene como requisito que no haya tenido militancia política durante los cinco años previos a su designació­n.

Ese tema generó debates en los participan­tes de la mesa que fueron en calidad de observador­es entre los que se destacan los abogados Félix Damián Olivares y Nassef Perdomo quienes se mostraron opuestos y señalaron no estar de acuerdo.

En el caso de Félix Damián Olivares, este señaló que la propuesta era irracional y una discrimina­ción a la inversa debido a que con lo que propone el Gobierno parecería que

Milagros Ortiz Bosch, Antoliano Peralta y Pedro Montilla .

quienes participan de la política son ciudadanos de segunda categoría.

“No creo que el apartidism­o o la ausencia de militancia política para el desempeño de una función pública sea una ventaja ya que participar o militar en la política no suma ni resta en términos de honorabili­dad”,

señaló Damián.

Estos observador­es entienden que una vez asumido el cargo el jurista lo que debería hacer es dejar de servir a los intereses de partidos políticos como se establecía en Ley No. 821 del 21 de noviembre de 1927, de Organizaci­ón Judicial y sus modificaci­ones.

Mientras que Nassef Perdomo, estuvo de acuerdo con lo planteado por Damián Olivares, y sostuvo que a su parecer se puede dar el caso que una persona que nunca haya participad­o en política y que en unas elecciones participa en un movimiento de apoyo a un candidato y luego sale en el TSE, lo cual no estaría prohibido por esa modificaci­ón que se quiere someter a las Altas Cortes.

La no militancia política sería el quinto requisito que se requeriría para ser juez o jueza de la SCJ pues se establece que para ser parte de esa Alta Corte hay que ser dominicano de nacimiento y origen y con más de 35 años de edad; hallarse en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos; ser licenciado en derecho y haber ejercido por lo menos 12 años la profesión de abogado, entre otros puntos. 

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PEDRO BAZIL

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