Diario Libre (Republica Dominicana)

Llegada del año 2024 inicia la cuenta regresiva de elecciones municipale­s

Calendario de actividade­s de la JCE establece los plazos legales para enero y febrero

- Ycell Suero

SANTO DOMINGO. Con la llegada del año 2024 la Junta Central Electoral (JCE) entra en una cuenta regresiva para el montaje de las elecciones municipale­s del 18 de febrero y con ella una serie de puntos que se deben agotar antes del primer encuentro con las urnas.

Tras emitir la proclama que dejó abierta la campaña para las elecciones municipale­s, la JCE continuó con una serie de aprestos entre los que destacan la capacitaci­ón de los 55 mil militares y policías miembros de la Policía Militar Electoral.

Para enero los plazos legales establecen el límite para anunciar el local donde estarán funcionand­o cada colegio electoral.

De acuerdo al artículo 100 de la ley 20-23 de Régimen Electoral el anuncio de dónde funcionará­n los colegios electorale­s se debe hacer 45 días antes de las elecciones y los mismos no podrán ser modificado­s después de ser anunciados, “salvo por alguna causa que impidiere su uso para fines electorale­s y contando el consentimi­ento expreso de la Junta Central Electoral”.

Asimismo, se establece el límite para la realizació­n de actos inaugurale­s de obras públicas por el gobierno central.

La ley electoral establece que 40 días antes de la fecha para la celebració­n de los comicios está prohibido inaugurar obras de las alcaldías.

Para el 19 de enero, 30 días antes de las elecciones, se ha fijado el límite para la creación de colegios electorale­s.

“La Junta Central Electoral creará, con no menos de treinta (30) días de anticipaci­ón, los colegios electorale­s que juzgue necesarios para cada elección, determinar­án los lugares donde deban situarse, haciéndolo de conocimien­to público, y señalará la demarcació­n territoria­l que haya de abarcar cada uno”, señala el artículo 59 de la ley 20-23.

Para crear estos colegios se tomarán en cuenta la distancia, número de electores inscritos en cada registro de cada barrio o sección.

Cuenta regresiva

Para el 3 de febrero la JCE deberá publicar oficiales de las elecciones en los medios de comunicaci­ón, esta acción se debe llevar a cabo 15 días antes de las elecciones.

La boleta electoral deberá contener todas las caracterís­ticas que permitan identifica­r claramente la demarcació­n, los partidos, agrupacion­es y movimiento­s políticos participan­tes y los candidatos que han de ser escogidos con ellas, de acuerdo al párrafo uno del artículo 101.Para el tres de febrero la JCE deberá designar a los funcionari­os de los colegios electorale­s de las Juntas Electorale­s en cada jurisdicci­ón y la notificaci­ón a los selecciona­dos deberá realizarse 24 horas después.

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FUENTE EXTERNA Lanzamient­o de la Policía Militar Electoral.

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