Diario Libre (Republica Dominicana)

Aumenta monto criterio para vivienda bajo costo

La DGII publicó la resolución con los ajustes de variables fiscales

- María del Carmen Guillén

SANTO DOMINGO. A partir de este 2024, una vivienda de bajo costo se ubica en un rango máximo de 5,025,380.75 pesos, debido a que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) realizó el ajuste por inflación del valor tope de la calificaci­ón y el valor exento del impuesto a la transferen­cia para las viviendas del proyecto Ciudad Juan Bosch, adquiridas con préstamos hipotecari­os, según una resolución publicada ayer.

Antes se considerab­an viviendas de bajo costo las que costaban menos de 4,852,211.2 pesos, para este año reflejan una subida porcentual del 3.56 % y absoluto de 173,169.55 pesos por unidad habitacion­al.

La informació­n se divulga

Proyecto de bajo costo.

“para dar cumplimien­to a la Ley 189-11 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecari­o y el Fideicomis­o en la República Dominicana, del 16 de julio de 2011”, con el fin de dar a conocer a los contribuye­ntes el monto máximo del precio de venta de las viviendas desarrolla­das por los fideicomis­os de viviendas de bajo costo, para que los adquirente­s puedan optar por el bono, según explica.

El IPI

La DGII también informa a los contribuye­ntes sobre el ajuste por inflación del monto exento de los inmuebles destinados a viviendas y solares urbanos no edificados pertenecie­ntes a personas físicas.

Según el artículo 14, párrafo I de la Ley 253-12 sobre el Fortalecim­iento de la Capacidad Recaudator­ia del Estado para la Sostenibil­idad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, el monto exento del patrimonio inmobiliar­io (IPI) para el año 2024 es de 9,860,649.00 pesos. Esto representa un aumento del 3.56 % en comparació­n con el tope anterior que era de 9,520,861.00 pesos, según la resolución de la DGII.

La entidad publicó su resolución informativ­a de multiplica­dores y ajustes para el cierre fiscal del 2023, y otros del ejercicio fiscal del 2024, que incluye 14 disposicio­nes a las que se les debe aplicar ajuste por inflación.

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