El Caribe

Jueza de la Suprema advierte dificultad probatoria en el caso Odebrecht

Justicia. Germán Brito dice que las delaciones no son precisas en las imputacion­es; Procurador cree acusados en libertad pueden obstruir la investigac­ión.

- LIBONNY PÉREZ liperez@elcaribe.com.do

La presidenta de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Miriam Germán Brito, aseguró al leer su disidencia con respecto a la decisión que le varió la medida de coerción a siete de los imputados en el caso Odebrecht, que en el expediente del Ministerio Público se aprecia una dificultad probatoria.

Indicó que en el expediente estas delaciones no contienen afirmacion­es tajantes y precisas sobre actividade­s de los imputados y que abundan en frases como “yo creo” y “me parece”.

“En la etapa actual de este proceso, y con lo aportado para las medidas de coerción se aprecia una dificultad probatoria, que de no ser subsanada por el Ministerio Público en el curso de la investigac­ión, y esperamos que así sea, no augura un futuro esperanzad­or por el momento, por lo menos del juicio a fondo, donde las pruebas deben ser estas que no dejen lugar a dudas razonables”, dijo.

Germán Brito argumentó que se señala la actuación de un supuesto intermedia­rio en este caso, Ángel Rondón Rijo, pero que aparte de la justificac­ión que da este procesado con respecto al concepto de los valores recibidos, no aprecia que existan transferen­cias de dicho señor hacia otros procesados.

“No significa que pongamos en duda la inocencia de ese procesado, porque después de todo no hay una sentencia condenator­ia y la ley me obliga a mí a presumir de la inocencia del imputado y a tratarlo como tal”, aseveró.

Además cuestionó el hecho de que se incluyera en la solicitud de medidas de coerción a personas que salieron de la función pública hace 13 años y a otros que no lo estaban al momento de los hechos. “Hay a quienes se les atribuyen participac­ión cuando ya no eran funcionari­os o funcionari­os que también se le atribuyen actividade­s relacionad­as con una función pública y resulta que es algo que sucedió cuando ya no detentaban esa posición”, acotó.

La magistrada, añadió en cuanto al soborno, que es una norma que no resulta aplicable a los hechos ocurridos antes del 2006, como por ejemplo, los del período 2001-2006 y que en cuanto los señalamien­tos de las delaciones y otras cosas, la PGR con el tiempo que ha dispuesto hasta ahora bien pudiera haber aportado un documento con mayor rigor.

Otros disidentes En el caso de la jueza Esther Agelán Casanovas, votó de forma disidente, por considerar que debió confirmars­e la sentencia respecto a que casi todos los imputados con excepción del imputado César Sánchez, por motivos de salud y el imputado Máximo De Oleo por entender que no había, en cuanto a la figuración con los hechos, suficiente­s elementos.

“En síntesis hay cinco votos en los cuales estamos la mayoría conformes y entendiend­o que se trata de un crimen trasnacion­al que es muy complejo y que existe un peligro concreto que no debió, con respecto parcialmen­te a estos recursos, no debió variarse. Pero sí con muchísimo respeto del voto de mis compañeros que tenían argumentos muy válidos para la decisión que tomaron”, aseveró.

Otro de los jueces disidentes fue Hirohito Reyes, quien anunció que su deserción estará motivada junto a la sentencia íntegra.

El pasado sábado, la Segunda Sala Penal de la SCJ integrada por los jueces Miriam Germán Brito, Esther Agelán Casasnovas, Juan Hirohito Reyes, Frank Soto y Alejandro Moscoso Segarra, decidió por mayoría de sus integrante­s variar las medidas de coerción impuestas en contra de siete implicados en el caso.

Se trata de Ramón Radhamés Segura, Juan Temístocle­s Montás, Porfirio Andrés Bautista y Ruddy González, a quienes varió la medida de prisión preventiva por el pago de una fianza ascendente a 15 millones de pesos como garantía económica, impediment­o de salida del país y presentaci­ón periódica por nueve meses; además de César Domínguez, a quien impuso presentaci­ón de una fianza ascendente a 10 millones de pesos, impediment­o de salida del país y presentaci­ón periódica por nueve meses; Máximo Leonidas De Oleo Ramírez, sobre quien pesa presentaci­ón de una fianza ascendente a 5 millones de pesos, impediment­o de salida y presentaci­ón periódica por nueve meses.

A Conrado Enrique Pittaluga Arzeno, quien guardaba prisión preventiva por nueve meses, le fue variada la medida por prisión domiciliar­ia por igual lapso.

En el caso de Ángel Rondón Rijo y Víctor Díaz Rúa, quienes cumplen prisión preventiva por 12 y nueve meses, respectiva­mente, y el diputado Alfredo Pacheco Osoria, sobre quien recae impediment­o de salida del país y pago de una garantía económica de cinco millones de pesos, les confirmó la coerción.

Motivación La lectura íntegra de la decisión se hará el miércoles 19 de julio a las 09:00 a.m.

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KELVIN MOTA Los cinco jueces integrante­s de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, conocieron el recurso de apelación del caso Odebrecht durante tres días.

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