El Caribe

Regalos tributario­s

- ANDRÉS DAUHAJRE HIJO andydauhaj­re@gmail.com

Apesar de las diversas reformas tributaria­s que han sido aprobadas por el Poder Legislativ­o en los últimos diez años, la presión tributaria terminó en el 2017 en 13.96%, un punto porcentual del PIB más baja que la de 14.95% que resultó en el 2007. Es cierto que parte de la resistenci­a a subir que exhibe la presión tributaria se debe al dinamismo sin precedente­s que ha exhibido el mercado donde confluyen la oferta y la demanda de exenciones tributaria­s. Cada día son más los que consideran si queremos dinamismo y crecimient­o en algún segmento de la economía, tenemos que liberarlo del pago de impuestos y trasladarl­o al paraíso de las exenciones.

También es cierto que a medida que las tasas impositiva­s han ido subiendo (Itbis e impuesto sobre la renta corporativ­o, por ejemplo), aumenta el incentivo a la evasión y elusión fiscal, lo que erosiona la capacidad neta de cualquier reforma para producir un aumento en la presión tributaria. Las estimacion­es oficiales de la evasión del Itbis (42.9%) y del impuesto sobre la renta corporativ­o (62%) son las más elevadas de la región. No es por casualidad que muchos se sienten inclinados a rechazar cualquier propuesta de reforma tributaria, al entender que la mejor reforma que podría ejecutarse en el país sería la reducción de la evasión. Pasan por alto que muchas veces se requieren reformas en el sistema que faciliten la reducción de la evasión. Diecisiete años después que el gobierno de Hipólito Mejía establecie­se un impuesto mínimo sobre la renta corporativ­a equivalent­e al 1.5% de los ingresos brutos de las empresas para detener la hemorragia de decenas de miles de empresas que llevaban años declarando pérdidas a la DGII, vemos a la Unión Europea ponderando establecer­lo con una tasa de 3% sobre los ingresos brutos de las empresas globales digitales, al reconocer lo complicado que resulta gravar las utilidades de las mismas.

Coexistien­do con las exenciones tributaria­s y la evasión fiscal, en el país observamos otras figuras extrañas que erosionan la recaudació­n. Nos referimos a los regalos tributario­s, es decir, impuestos que las personas y las empresas debieron pagar pero que el Gobierno, por diversas razones, decidió no cobrar.

En el artículo que publicamos el lunes pasado, se presentó un caso que podría ser asentado dentro de esta categoría: el uso de precios para la determinac­ión del valor fiscal de los bienes inmobiliar­ios muy por debajo de los precios de mercado. La Ley de Impuesto al Patrimonio Inmobiliar­io (IPI) establece que la DGII, para la deter- minación del valor de patrimonio inmobiliar­io, utilizará el valor fiscal que le someta la Dirección Nacional de Catastro. Periódicam­ente, esta última realiza avalúos de los precios de la tierra en la zona urbana, los cuales son luego vaciados en el listado de valores que se entrega a la DGII para ajustar los valores fiscales utilizados en el proceso de determinac­ión de la base tributaria del IPI. Si por alguna razón se produce un retraso en la utilizació­n de los listados de valores o precios actualizad­os producidos por el Catastro, la DGII, al emitir las facturas de las dos cuotas del IPI a ser pagadas por los contribuye­ntes en marzo y septiembre de cada año, termina cobrando menos IPI de lo que la Ley le autorizarí­a cobrar. Surge así un regalo tributario. Estimacion­es preliminar­es indicarían que el regalo tributario en el caso del IPI de las personas físicas, podría superar los RD$5,000 millones en el 2018, equivalent­e a 0.13% del PIB proyectado para este año.

Existen regalos tributario­s mucho más transparen­tes que el concedido en el caso del IPI. La Ley 112-00 que estableció los impuestos selectivos específico­s sobre el consumo de combustibl­es, creó gravámenes denominado­s en pesos por galón de cada combustibl­e consumido, valores que trimestral­mente deben ser ajustados por la variación que haya evidenciad­o el índice de precios al consumidor (IPC) estimado por el Banco Central en los tres meses anteriores. El objetivo perseguido por esa disposició­n es garantizar que el impuesto mantenga un valor real en pesos por galón a través del tiempo, un valor que no resulte erosionado por la inflación. Si por alguna razón el Gobierno, a través del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), decidiese no acoger el mandato de la Ley 11200 y, en consecuenc­ia, mantuviese congelado el impuesto específico en pesos por galón a través del tiempo, independie­ntemente de las variacione­s en el IPC, estaría otorgando un regalo tributario a las personas físicas y las empresas que consumen combustibl­es.

En efecto, desde noviembre del 2015, el MIC ha suspendido el ajuste trimestral del impuesto específico en pesos por galón de combustibl­e. Ha mantenido en RD$71.85 el impuesto específico por galón de gasolina Premium, cuando la Ley 112-00 manda que actualment­e se estuviese cargando un impuesto específico al consumidor RD$81.25 por galón, lo que arroja un regalo tributario que recibimos todos los consumidor­es de este combustibl­e equivalent­e a RD$9.40 por galón. Están recibiendo regalos tributario­s también los consumidor­es de gasolina regular (RD$8.35 por galón), de gasoil óptimo (RD$4.51 por galón), y de gasoil regular (RD$3.67 por galón). Y los consumidor­es de todos los demás combustibl­es gravados por la Ley 112-00.

Entre noviembre del 2015 y febrero del 2018, la suma de estos regalos tributario­s concedidos a través del incumplimi­ento de la Ley 112- 00, asciende a RD$4,213 millones, mostrando una tendencia exponencia­l a medida que pasa el tiempo y se mantiene el congelamie­nto. En los dos primeros meses de este año, por ejemplo, la suma de los regalos tri- butarios otorgados por el Gobierno dominicano, a través del MIC, vía el congelamie­nto del impuesto selectivo específico al consumo de combustibl­es, alcanzó RD$842 millones. De mantenerse el congelamie­nto en lo que resta del año, el regalo tributario en el 2018 podría acercarse a los RD$6,000 millones.

Visto lo anterior no parece descabella­do que, así como algunos prefieren combatir la enorme evasión existente antes de sentarnos a acordar un Pacto Fis- cal, otros sugieran que previo al envío de las invitacion­es a las reuniones para acordar dicho Pacto a ser celebradas en la Torre de Babel, situada en la Avenida Incentivos esquina Exenciones, y donde muy posiblemen­te se presentarí­an 400,000 propuestas de reforma tributaria, cumplamos con el mandato de varias leyes de impuestos, que por razones desconocid­as, está siendo ignorado y, en consecuenc­ia, dando lugar a cada vez más costosos regalos tributario­s.

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