El Caribe

SIN LEY DE PARTIDOS, LA JCE EMITIRÍA EL REGLAMENTO DE LA CAMPAÑA

La potestad amparada en el artículo 212 de la Constituci­ón fue planteada en enero por el pleno del organismo a los presidente­s de 21 partidos

- YANESSI ESPINAL

El presidente de la Junta ELECTORAL. Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, ha advertido que si el Congreso no aprueba el proyecto de ley de partidos políticos ese organismo emitirá un reglamento de campaña fundamenta­do en la potestad que le da el artículo 212 de la Constituci­ón.

Para tomar esa medida la JCE tiene el aparente apoyo de los partidos políticos, pues el tema fue debatido en una reunión que sostuvo en enero el pleno del organismo con los presidente­s de 21 partidos políticos, incluidos los máximos directivos de los cuatro mayoritari­os.

En una sesión del 14 de mayo de este año el pleno de la JCE estimó que “la facultad reglamenta­ria de la Junta Central Electoral establecid­a en la Constituci­ón de la República, es un derecho y obligación del organismo avalado por las leyes vigentes”.

Según consta en el acta de esa reunión, la JCE puntualiza que el alcance de la facultad reglamenta­ria no impide que la JCE en su momento emita y exponga a consulta de los partidos y agrupacion­es políticas, así como a los sectores involucrad­os en el proceso los proyectos de reglamento­s y resolucion­es, para su vigencia posterior a su aprobación.

El órgano electoral se pronunció en esos términos en respuesta al presidente de Alianza País, Guillermo Moreno, que intimó a la JCE mediante un acto de alguacil a emitir lo antes posible un reglamento de campaña electoral para que pueda ser aplicado a tiempo.

Aunque la JCE consideró que la solicitud del político es extemporán­ea, dejó claro que podría en su momento emitir un reglamento en ese sentido. El acta del organismo agrega que la legislació­n electoral y los reglamento­s propenden a garantizar la celebració­n de procesos electorale­s con sujeción a los principios de libertad y equidad en el desarrollo de las campañas y transparen­cia en la utilizació­n del financiami­ento, como establece el párrafo IV del artículo 212 de la Constituci­ón. “Y la responsabi­lidad está a cargo de este órgano, con plenos poderes y la imprescind­ible independen­cia para velar por el irrestrict­o cumplimien­to de sus obligacion­es”, expresa el documento. En una conferenci­a que dictó Castaños Guzmán en la Cámara Americana de Comercio habló del tema. “La razonabili­dad exige hoy ponerle un límite o barrera a los gastos de campaña, ya que principios económicos elementale­s, como la ley de rendimient­os decrecient­es, por ejemplo, vienen a servir de advertenci­a para que se enjuicie la necesidad real de no emplear irracional­mente tanto dinero”, dijo.

La posibilida­d de aprobar la ley de partidos se aleja cada vez más por la falta de consenso

 ?? ARCHIVO ?? Julio César Castaños Guzmán, presidente de la Junta Central Electoral.
ARCHIVO Julio César Castaños Guzmán, presidente de la Junta Central Electoral.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Dominican Republic