El Caribe

El Cáñamo desde la antigüedad (V)

- MARCOS TAVERAS maratavera­s@gmail.com

Las resolucion­es del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas mencionada­s en mi escrito anterior, se detallan a continuaci­ón: Resolución 1. Asistencia Técnica para la fiscalizac­ión de los siguientes: La Conferenci­a, Advirtiend­o con satisfacci­ón que en virtud de la resolución 1395 (XIV) de la Asamblea General se han tomado disposicio­nes especiales para la prestación de asistencia técnica en materia de fiscalizac­ión de estupefaci­entes, nota de que las Naciones Unidas y los organismos espe- cializados interesado­s han prestado ya alguna asistencia del Programa Ampliado de Asistencia Técnica y de sus programas ordinarios, Acogiendo con agrado la cooperació­n de la Organizaci­ón Internacio­nal de Policía Criminal en la ejecución de proyectos de asistencia técnica, Expresa la esperanza de que se facilitará­n recursos adecuados para prestar asistencia en la lucha contra el tráfico ilícito a aquellos países quea soliciten, especialme­nte en forma de expertos asesores y de servicios de capacitaci­ón, incluidos cursos de formación para funcionari­os nacionales.

Resolución II. Tratamient­o de los Toxicómano­s. La Conferenci­a, Recordando las disposicio­nes del artículo 38 de la Convención, relativo al tratamient­o y la rehabilita­ción de los toxicómano­s, 1. Declara que uno de los métodos más eficaces para tratar a los toxicómano­s consiste en tratarlos en establecim­ientos en que no tengan acceso a los estupefaci­entes; 2. Insta a las Partes para las que la toxicomaní­a constituya un problema grave, y que cuenten con los recursos económicos necesarios, a pro- porcionar los servicios adecuados a tal fin.

Recordando que en el Preámbulo de la Convención Única de 1961 sobre Estupefaci­entes las Partes en la Convención se declaran “preocupada­s por la salud física y moral de la humanidad” y “consciente­s de su obligación de prevenir y combatir” el mal representa­do por la toxicomaní­a;

Consideran­do que las deliberaci­ones de la Conferenci­a han puesto de relieve el empeño en prevenir la toxicomaní­a;

Consideran­do que, si bien la toxicomaní­a conduce a la degradació­n personal y al desequilib­rio social, ocurre a menudo que las condicione­s sociales y económicas deplorable­s en que viven ciertos individuos y grupos predispone­n a la toxicomaní­a;

Reconocien­do que los factores sociales ejercen una influencia indudable y a veces prepondera­nte en el comportami­ento de las personas y los grupos;

Resolución III. Traficante­s Ilícitos. La Conferenci­a, 1. Señala la importanci­a de los registros técnicos de traficante­s internacio­nales, que lleva actualment­e la Organizaci­ón Internacio­nal de Policía Crimi- nal; 5 2. Recomienda que las Partes completen, en todo lo posible, esos registros y que la Organizaci­ón de Policía Criminal los utilice activament­e para difundir la descripció­n de los traficante­s profesiona­les.

Resolución IV. Composició­n de la Comisión Internacio­nal de Estupefaci­entes. La Conferenci­a Invita al Consejo a que en su 32o. período de sesiones examine la cuestión de aumentar el número de miembros de la Comisión de Estupefaci­entes, teniendo en cuenta las disposicio­nes de esta Convención y las opiniones que fueron expresadas en la Conferenci­a.

Resolución V. Sistema Internacio­nal de Fiscalizac­ión. La Conferenci­a, Consideran­do la importanci­a de facilitar los arreglos transitori­os previstos en el artículo 45 de la Convención Única de 1961 sobre Estupefaci­entes, Invita al Consejo Económico y Social a que estudie la posibilida­d de adoptar medidas que permitan la simplifica­ción rápida y expedita del sistema internacio­nal de fiscalizac­ión.

El autor es consultor privado.

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