El Caribe

Dicen limitar las alianzas a 20% viola Constituci­ón

Tácito Perdomo, del PRSC, y Elías Wessin Chávez, del PQDC, afirman que ese punto de la Ley de Partidos es inconstitu­cional.

- DARIELYS QUEZADA

El delegado político ante la Junta Central Electoral (JCE) por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Tácito Perdomo, expresó ayer que cada organizaci­ón política tiene el derecho de aliarse en la proporción que desee y no ser limitada a ceder sólo un 20% en los cargos congresual­es y municipale­s, como establece la Ley 33-18.

Para el dirigente político la aplicación de la Ley de Partidos no sólo perjudica a los partidos minoritari­os en las alianzas, sino también a los mayoritari­os, tras explicar que aquellas organizaci­ones grandes que quieran ponerse de acuerdo en un 50% no podrán hacerlo porque en la manera en que esto fue concebido se lo prohíbe.

“Las alianzas son en la proporción que los partidos deseen. Hay partidos minoritari­os que hablan con un grande y le dicen ‘mira, te voy a apoyar en todo, pero a nosotros nos toca ese diputado, este síndico, estos regidores, estos senadores’ y se hace así. Entonces, ese partido minoritari­o lo apoya en todo, pero tú no puedes limitar eso a un 20%, eso no tiene límites. Sencillame­nte, eso es a voluntad de los partidos”, ilustró a elCaribe. Perjudica La Ley 33-18 perjudica a los partidos minoritari­os para realizar alianzas con los grandes

Lo que dice la Ley El artículo 58 de la Ley 33-18 establece que los partidos deben comunicar a la Junta Central Electoral (JCE) con un mínimo de 15 días de antelación antes del inicio de la precampaña las personas que se beneficiar­án con el 20% de la reserva de las candidatur­as que están a la discrecion­alidad de los órganos de dirección.

Al hablar sobre este punto, Perdomo lo calificó como un “disparate” ya que entiende que los partidos pueden aliarse con otros como quieran o, incluso, hacerlo en una provincia, municipio o de forma general si así lo desean.

“Ahora bien, lo que quisieron hacer y no quedó claro, es que la alianza, la suma, la reserva de las alianzas no puede ser más allá del 20%, y me explico: si dos partidos se alían, cada uno no podría reservarse el 20%, sino que la suma de sus reservas, de los dos partidos, no debe ceder el 20%, porque antes podía darse el caso de que dos partidos se aliaran y cada uno se reservaba el 20, ya no es el 20. Ahora, si dos partidos se alían al 50%, solamente pueden reservarse para el sustento cada uno el 10”, detalló. Sostuvo que esto que se ha hecho es “una cosa absolutame­nte ilegal, violatoria a la Constituci­ón y violatoria a los derechos”, por lo que abogó por el desmonte de este apartado, por la terminació­n del reglamento que la JCE elabora para aplicar la legislació­n, así como por la pronta aprobación de la ley electoral.

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E. R. Tácito Perdomo, delegado ante la JCE por el Partido Reformista Social Cristiano.

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