PIERLUISI ASUME COMO EL NUEVO GOBERNADOR PUERTO RICO
Pedro Pierluisi juró como nuevo gobernador de Puerto Rico con el “compromiso inquebrantable” al pueblo de la isla. Asume en medio de una crisis política que llevó a la dimisión de Ricardo Rosselló.
El abogado Pedro Pierluisi SAN JUAN. asumió anoche como nuevo gobernador de Puerto Rico con el “compromiso inquebrantable” al pueblo de la isla, según dijo él mismo este viernes tras jurar el cargo, después de que su predecesor, Ricardo Rosselló, anunciara que era su sustituto.
“Asumo el puesto con la mayor responsabilidad y respeto al pueblo”, aseveró Pierluisi en su primera conferencia de prensa. Pierluisi es el gobernador número 12 de la historia de la isla y asume el cargo en medio de una crisis política que llevó a la dimisión de Rosselló, el primer mandatario que dimite en pleno mandato.
Una hora antes, la Cámara de Representantes, reunida en una sesión extraordinaria, aprobó la designación de Pierluisi como secretario de Estado, que es por mandato constitucional quien debe asumir el puesto en caso de vacío de poder.
Horas antes, Ricardo Roselló formalizó su renuncia como gobernador y anunció en un comunicado que Pierluisi sería juramentado en breve, señalando que “Luego de que la Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobara el nombramiento de Pedro Pierluisi como secretario de Estado, se procederá de acuerdo con el estado de derecho vigente”, se señala en el comunicado.
De acuerdo con la ley
Gobernador “Asumo el puesto con la mayor responsabilidad y respeto al pueblo de Puerto Rico”.
Por lo tanto, “de acuerdo con el artículo 1 de la Ley 7 de 24 de julio de 1952, según enmendada, el secretario de Estado, Pedro R. Pierluisi, será juramentado como próximo gobernador de Puerto Rico”, se agregó en el comunicado en el que no se especifica dónde.
La Ley 7 de 24 de julio de 1952 establece que no será necesario que el secretario de Estado haya sido confirmado para asumir la Gobernación de manera permanente, subrayó Rosselló.
“El departamento de Justicia aclaró en su ponencia ante la Legislatura, al enmendarse dicha Ley en 2005, que el texto constitucional no requiere la confirmación y que, en caso de emergencia, no se debe exigir tal requisito. Esta aclaración fue acogida por la Asamblea Legislativa”, recordó. La nota informativa, a su vez, se refiere al artículo IV, Sección 7, de la Constitución de Puerto Rico, un estado libre asociado a Estados Unidos. La misma establece que “cuando ocurra una vacante en el cargo de gobernador producida por muerte, renuncia, destitución, incapacidad total y permanente, o por cualquier otra falta absoluta, dicho cargo pasará al secretario de Estado, quien lo desempeñará por el resto del término y hasta que un nuevo gobernador sea electo y tome posesión”, señaló.