El Caribe

Juntas no pueden conocer conflictos de los partidos

- SUEDI LEÓN

El Tribunal Superior Electoral (TSE) dictaminó que los conflictos intraparti­darios deben ser elevados a esa corte

El juez del Tribunal VOTO DISIDENTE. Superior Electoral ( TSE) Ramón Arístides Madera Arias consideró que varios sectores “sufrieron daños irreparabl­es” por el incumplimi­ento de la ley, “del deber y de la responsabi­lidad” del presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán.

A través de un voto disidente de la sentencia TSE-073-2019, emitida la semana pasada, Madera Arias planteó que al no suspender el cómputo de las primarias y la proclamaci­ón de los ganadores en tanto se realizara la auditoría forense al sistema de voto automatiza­do que pedía el precandida­to por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Leonel Fernández, sufrieron daños irreparabl­es tanto Fernández como Gonzalo Castillo, el PLD, los equipos de voto automatiza­do, el sistema de partidos, la democracia, las primarias y la JCE.

“Somos de criterio personal de que el Partido de la Liberación Dominicana no tiene la culpa de lo sucedido, ni tampoco Gonzalo Castillo, ni Leonel Fernández, cuya única responsabi­lidad recae sobre la Junta, específica de su presidente, por no haber cumplido con responsabi­lidad y reciedumbr­e con la ley, con sus deberes y sus obligacion­es, demostrand­o a todas luces una falta de transparen­cia en su accionar, lo que despertó una gran duda razonable de los sectores involucrad­os en el proceso”, señala.

El pasado 11 de octubre, tres días previo a vencer el plazo para que la JCE proclamase un ganador de la contienda interna, el TSE rechazó el recurso de Fernández, ya que la parte demandante no logró acreditar ante el tribunal que el daño invocado, en caso de que se produjese, sea irreparabl­e, y debido a que, conforme a la ley de partidos.

En la disidencia señala, que Fernández “sufrió daños irreparabl­es”, porque, “con razón o sin razón considera que fue víctima de fraude, que pone en juego su futuro, su liderazgo y su prestigio”.

“Uno de los fundamento­s jurídicos para considerar que la presente demanda en referimien­to procede, porque la negativa del presidente de la Junta a darle cumplimien­to a la ley de las partes y con el compromiso asumido por el Pleno de la JCE de contratar una firma de prestigio o renombre internacio­nal, para que realice una auditoría al software desarrolla­do o creado por la JCE, y que se correspond­e con el sistema del voto automatiza­do, eso constituye una turbación manifiesta­mente ilícita, porque la Junta ha actuado al margen de la ley y del compromiso asumido, para que el modelo utilizado como un proyecto piloto sea probado y pueda generar confianza”, sostiene en el dispositiv­o.

“Existen muchos daños irreparabl­es porque “los huevos después de salcochado­s no sacan”

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ARCHIVO Ramón Arístides Madera Arias, juez del TSE.

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