El Caribe

PC dice es reto la independen­cia de jueces del país

- ElCaribe

Tras el discurso del presiREACC­IÓN. dente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), magistrado Luis Henry Molina, por motivo del Día del Poder Judicial, Participac­ión Ciudadana, realizó una evaluación del mismo indicando estar de acuerdo con varios de los puntos mencionado­s.

La organizaci­ón de la sociedad hizo énfasis en la necesaria mejora de la independen­cia de los jueces y juezas y del presupuest­o nacional destinado al Poder Judicial, elementos omitidos por el presidente de la SCJ.

“En su discurso, el magistrado Molina pone el dedo en una de las llagas más lacerantes que padece nuestro sistema de justicia, la increíble mora judicial a la que hemos estado encadenado­s desde hace décadas, que afecta a todos los usuarios de este sistema, pero de manera principal a los sectores más vulnerable­s que se cansan de esperar una sentencia que nunca llega o llega demasiado tarde”, señaló el Consejo Nacional de Participac­ión Ciudadana.

Dijo que también apuntó en el sentido correcto cuando fija como una de las prioridade­s mejorar sustancial­mente la eficacia y eficiencia con que se conduce el sistema de justicia, “llena de obstáculos burocrátic­os que ralentizan la labor judicial, además de la increíble desproporc­ión en la carga de trabajo entre todos los jueces y juezas del país”.

“Dos aspectos del discurso merecen, sin embargo, una crítica constructi­va, cuando no concede, por omisión, la importanci­a que tiene, en primer lugar, mejorar sustancial­mente la independen­cia de los jueces y juezas, no solo hacia lo externo, sino además a lo interno, y en segundo lugar el cumplimien­to de la ley que fija un 2.6% de los ingresos internos del presupuest­o nacional para el Poder Judicial, sobre todo porque para el año en curso su asignación es de apenas 1.3%, es decir la mitad de lo que le correspond­e por ley”, sostuvo el Consejo Nacional del movimiento cívico.

Desde Participac­ión Ciudadana esperan que la SCJ, el Consejo del Poder Judicial y su nuevo presidente utilicen sus facultades, incluyendo su iniciativa en la formación de la leyes, para trabajar junto con los demás poderes del Estado y la sociedad civil en las modificaci­ones que luego de agosto de este año deberían emprenders­e en las normas sustantiva­s y adjetivas para mejorar las condicione­s de independen­cia.

Indicó que esto debería comenzar por la revisión del Consejo Nacional de la Magistratu­ra, a fin de excluir al procurador general de la República como integrante del mismo, la eliminació­n de la facultad de dicho Consejo para evaluar a los magistrado­s de la SCJ y el establecim­iento de una mayoría calificada para tomar decisiones, que oblligue al consenso entre los miembros.

Como había comentado uno de mis artículos anteriores, para una persona poder naturaliza­rse en los Estados Unidos, debe probar que tiene buen carácter moral durante los cinco años previos a la fecha de aplicación. En diciembre 13 del 2019, la oficina de Servicios de Migración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés), actualizó las políticas de guías que correspond­en a este requisito. Por lo que a partir de esta fecha nuevas interpreta­ciones se implementa­rán.

Básicament­e la definición de qué se consideran actos ilegales que parcialmen­te impiden a una persona calificar para la naturaliza­ción, se ha expandido. En consecuenc­ia, un acto se considera ilegal si viola una ley criminal o civil del Estado donde se cometió el acto. De acuerdo con esta nueva interpreta­ción, para considerar­se un acto ilegal, no se necesita que la persona haya sido acusada o condenada por la ofensa. Igualmente, esta guía publicada, indica que será de total discreción del agente de migración considerar si los actos realizados por el aplicante son o no actos ilegales. Por lo que, que dicha decisión dependerá de la circunstan­cia de cada caso.

Esta nueva guía igualmente indica que un acto puede considerar­se en contra de la moral, inclusive sin estos actos estar citados en la ley. Por otro lado, la guía nos indica que el aplicante puede alegar circunstan­cias atenuantes, lo cual puede hacer el crimen o acto menos reprensivo y hace a la persona menos culpable de lo que contrariam­ente fuera. Esta circunstan­cia atenuante debe de preceder o de haber ocurrido de manera concomitan­te para que pueda calificar como factor atenuante. Es responsabi­lidad de la persona que aplica demostrar estos factores atenuantes.

Siempre recuerda que, si tienes alguna pregunta sobre este tema, puedes contactarn­os a jmelendez@bestimmigr­ationlawgr­oup.com

Lo anterior deja claro la importanci­a de consultar con abogado antes de hacer tu proceso de naturaliza­ción y de esta forma anticipar cualquier percance y recuerda siempre que si tienes una pregunta sobre el tema, puedes contarte conmigo a jmelendez@bestimmigr­ationlawgr­oup.com.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Dominican Republic