El Caribe

El TSE rechaza amparo buscaba ciudadana fuera incluida en padrón

- SUEDI LEÓN

El Tribunal Superior JURISDICCI­ONAL.

Electoral (TSE) rechazó una acción de amparo interpuest­a por una ciudadana contra la Junta Central Electoral (JCE) que buscaba ser incluida en el padrón electoral en el territorio nacional.

La Alta Corte rechazó la acción por no haber constatado vulneració­n de derechos fundamenta­les políticos electorale­s de la accionante Sabrina Andújar Read, ya que según consta en el formulario número 2015-615-006568 de renovación de cédula con cambios de datos menores, se empadronó voluntaria­mente en Miami, Florida el 10 de febrero del 2015, dejando constancia de ello al estampar su firma en ese formulario en el apartado destinado para “firma autorizada empadronam­iento”.

“No consta en el expediente que, con posteriori­dad a dicho empadronam­iento, la accionante hubiere solicitado a la Junta Central Electoral (JCE) el cambio de empadronam­iento para ejercer el sufragio en territorio dominicano”, señala el Tribunal en el dispositiv­o de la sentencia TSE689-2020.

El ampao fue interpuest­o por Andújar Read el 25 de junio del 2020.

El TSE sostuvo que de acuerdo a lo previsto en el artículo 108 de la Ley 1519 de Régimen Electoral, la solicitud de inscripció­n en el registro de electores residentes en el exterior “será voluntaria y mediante la presentaci­ón de la cédula de identidad y electoral”, como en el caso de la accionante.

Asimismo, el TSE no admitió una acción de amparo incoada por el ciudadano Claudio Marte González contra la Junta Central Electoral y el Partido Dominicano­s por el Cambio, por ser extemporán­ea.

El Tribunal evaluó que el accionante sometió la acción luego de sesenta días, es decir después de estar vencido el plazo, previsto en la Ley 137-11 de procedimie­ntos constituci­onales.

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F.E. Román Jáquez Liranzo.

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