El Caribe

Solo 12% cabildos transparen­tan contrataci­ones a través de portal

- DIANA RODRÍGUEZ

De 392 gobiernos locales existentes en la República Dominicana, solo 48 utilizan el Portal Transaccio­nal, una herramient­a de uso obligatori­o, pensada para que la administra­ción pública logre el mayor grado de transparen­cia y eficiencia posible en sus procesos de compras y contrataci­ones.

En otras palabras, apenas el 12 % de los ayuntamien­tos y juntas distritale­s emplean este sistema en la gestión de contrataci­ones públicas de bienes, obras, servicios y concesione­s, que, además, permite a la ciudadanía conocer lo que va a comprar el gobierno, cuándo, a quién, cómo y por cuánto lo compra.

A diferencia de la administra­ción local, la implementa­ción de esta herramient­a en entidades gubernamen­tales ha ido en aumento. Hasta la fecha, 335 institucio­nes utilizan dicho portal, este número representa más del 90 % de este grupo. La Junta Central Electoral y la Superinten­dencia de Bancos, recienteme­nte, comenzaron a gestionar sus procesos de compras mediante el citado sistema electrónic­o.

La informació­n fue ofrecida en un desayuno informativ­o organizado por la Dirección General de Contrataci­ones Públicas (DGCP), entidad responsabl­e de gestionar dicho portal.

El Portal Transaccio­nal del Sistema Informátic­o para la Gestión de Compras y Contrataci­ones, creado mediante el decreto 350-17, es una plataforma web que permite a las institucio­nes públicas hacer todo el proceso de contrataci­ón en línea, desde la planeación hasta la gestión del contrato.

¿Por qué no utilizan el portal?

Al ser abordado sobre el por qué la mayoría de los cabildos no realizan sus procesos de contrataci­ones a través de dicho portal, el director de Contrataci­ones Públicas, Carlos Pimentel, dijo que uno de los argumentos ofrecidos por los ayuntamien­tos es que no disponen de las herramient­as tecnológic­as necesarias.

“En otros casos también no se ha expresado la voluntad de utilizar el Portal Transaccio­nal”, precisó.

En ese sentido, el funcionari­o indicó que en estos primeros cien días de gestión, como parte de su compromiso, la institució­n ha visitado a decenas de gobiernos locales con el objetivo de conciencia­r sobre el uso del citado mecanismo de transparen­cia.

“El Portal Transaccio­nal es y será el único instrument­o para los procesos de contrataci­ones, y por eso tenemos que completar las institucio­nes que están obligadas; y continuar apoyando y acompañand­o a las otras que ya lo están utilizando”, sostuvo Pimentel.

El portal tiene fuerza probatoria

El artículo 2 del citado decreto establece que el Portal Transaccio­nal será de uso obligatori­o para todos los organismos y entes sujetos al ámbito de aplicación de la ley 340-06 y su modificaci­ón contenida en la Ley 449-06.

También se establece que todas las informacio­nes generadas, enviadas, recibidas, archivadas o procesadas a través del portal tendrán plenos efectos jurídicos, validez y fuerza probatoria, igual que los documentos escritos, generando los efectos legales que correspond­an para todos los actores del proceso.

Mediante esta herramient­a los proveedore­s y las micro, pequeñas y medianas empresas tienen acceso a los procesos de compras en una oficina virtual y reciben notificaci­ones automática­s sobre las compras relacionad­as con su actividad comercial.

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F.E. Portal Transaccio­nal es una herramient­a para el buen manejo de fondos públicos.

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