El Caribe

Delaciones en el juicio Odebrecht quedan fuera

- ROSMERYS DE LEÓN

El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó la admisión de las mismas

La situación del MinistePRO­CESO. rio Público el juicio por los sobornos de Odebrecht se ha complicado aún más, pues, las delaciones premiadas, la evidencia más importante que tenían en contra de los imputados, quedaron fuera del proceso.

Tras tres semanas debatiendo sobre la incorporac­ión de las declaracio­nes por escrito de seis ejecutivos de la constructo­ra brasileña, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional llegó ayer a una decisión y rechazó la admisión de las mismas.

Al dar a conocer el fallo (emitido a unanimidad), la jueza presidenta del Tribunal, Giselle Méndez, explicó que estas delaciones no se apegan a las reglas de producción e incorporac­ión del testimonio establecid­a en la Constituci­ón y el Código Procesal Penal y por lo tanto no pueden ser incorporad­os al juicio.

Las declaracio­nes son de Marcelo Odebrecht, expresiden­te de la constructo­ra brasileña; Marcos Antonio Vasconcelo­s Cruz, Ernesto Saviera Baiardi, Luiz Eduardo Da Rocha Soares, Luiz Antonio Mameri y Hilberto Mascarench­as Alves Da Silva Filho.

“Los jueces somos independie­ntes... solo estamos sometidos a la Constituci­ón y las leyes”, dijo Méndez

No se pueden leer testimonio­s Méndez indicó que hay tres formas de presentar testimonio­s en un juicio, con las cuales se garantizan el derecho de defensa, oralidad y contradicc­ión y que el Ministerio Público no cumplió con las mismas.

“¿Por qué no se pueden leer estos testimonio­s por escrito, que se pretende incorporar a este juicio? Porque no son un anticipo jurisdicci­onal de prueba, el Ministerio Público para recabar estos testimonio­s no recurrió a las previsione­s del artículo 287… no se respetaron las reglas del anticipo jurisdicci­onal de prueba que habían permitido a las defensas ejercer el derecho a la contradicc­ión al interrogar y contrainte­rrogar en ese escenario y en presencia de un juez a los testigos”, afirmó.

La jueza precisó que el Ministerio Público al momento de la acusación tenía a los delatores identifica­dos como testigos y no los ofrecieron como tal a pesar de que el juez de la Instrucció­n les autorizó para interrogar­los en Brasil, cuya diligencia no hicieron.

“No somos nosotros los que decimos que las declaracio­nes no pueden ser leídas, la Constituci­ón y la ley lo prohíben”, expresó.

Enfatizó en que el tribunal es independie­nte y solo está sujeto a la Constituci­ón y las leyes.

De su lado, las defensas de los imputados se mostraron contestes con el fallo del tribunal y reiteraron que el Ministerio Público debe desistir de la acusación.

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F.E. El caso se conoce en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

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