El Caribe

¿Cuántas veces se puede recusar a un juez en un caso?

- ROSMERYS DE LEÓN

En derecho, la recusación PROCESO. se utiliza para solicitar que un juez sea apartado de un caso cuando se considere que este está parcializa­do. Hay magistrado­s que han sido recusados una, dos y hasta siete veces en un mismo proceso, pero ¿no hay límites para esto?

¿Cuántas veces se puede recusar a un juez?, es una pregunta que surge luego de que el pasado viernes el magistrado Pablo Imbert, apoderado para conocer la medida de coerción contra los imputados por la muerte del joven David de los Santos, fuera recusado por segunda ocasión de manera consecutiv­a.

De acuerdo a explicacio­nes de abogados penalistas consultado­s por elCaribe, el Código Procesal Penal no establece un límite de la cantidad de veces que un juzgador puede ser objetado por una de las partes de un proceso, sino más bien que explica cuáles son las causales para la recusación.

Norma El artículo 78 del Código Procesal Penal establece los motivos para que un juez sea recusado

No hay límites para recusacion­es Según explicó el abogado Harold Aybar, un juez puede ser recusado una vez y si la Corte de Apelación correspond­iente rechaza tal petición, podrá solicitars­e una nueva objeción en la próxima audiencia pero basándose en una causal diferente, tal y como pasó con el magistrado Imbert.

Un ejemplo de esto, es que el juez Francisco Ortega Polanco, quien conoció la audiencia preliminar del caso Odebrecht cuando el proceso se encontraba en la jurisdicci­ón privilegia­da, fue recusado en siete ocasiones. Y en todas fue confirmado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), al que le correspond­ía conocer esto ya que el caso se encontraba en esta Alta Corte.

Hay otros ejemplos más recientes y conocidos. En la medida de coerción del caso de corrupción denominado Coral 5G, la jueza Kenya Romero fue recusada en dos ocasiones por una misma defensa, la del general Julio Camilo de los Santos Viola.

En las dos ocasiones, la Corte de Apelación no acogió el pedimento y ratificó a la juzgadora para conocer la medida de coerción. En la última recusación el tribunal de alzada estableció que los motivos alegados por la defensa no constituye­n motivos válidos como causales de recusación.

El artículo 78 del Código Procesal Penal establece varios motivos por los cuales un juez puede ser recusado, entre ellos que el magistrado sea convivient­e o pariente de algún imputado, fiscal o abogado del caso o tener enemistad, odio o resentimie­nto conocidos con una cualquiera de las partes del proceso.

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F.E. Los motivos para recusar a un juez están establecid­os en la normativa procesal.

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