“Entre una cosa y la otra han pasado sesenta años”
El Título I del Código Tributario al que se hace referencia, y sobre el que se busca producir la modernización, trata normas sustantivas, procedimientos y sanciones y no es un título impositivo, ni económico, sino didáctico. Yorlin Vásquez dijo que el anteproyecto de ley presenta una serie de novedades.
El director de Impuestos Internos recordó que luego de una larga trayectoria de 30 años, la antigua Ley 5911-62 fue sustituida por la Ley 1192 o Código Tributario de la Republica Dominicana, en el año 1992.
Desde ese momento han pasado 30 años más y ese Código Tributario sigue vigente sin mayores modificaciones, salvo algunos aspectos, que siempre han sido para tratar de elevar el nivel de la presión fiscal, pero nunca buscando beneficiar a los contribuyentes. “Mucho menos buscando garantizar la simplificación de los procedimientos tributarios, lo cual como he dicho en otras ocasiones, que uno de los sistemas más difíciles para cumplir nuestras obligaciones con el fisco es el de la Republica Dominicana”, expuso.
Luis Valdez dijo:
“El mundo tributario se encamina hacia la facturación electrónica general”. la Torre Empresarial, de la capital.
Desde su punto de vista, el actual Título I del Código Tributario de la República Dominicana data del año 1992 y el avance jurídico y las experiencias adquiridas desde entonces hacen necesario implementar un nuevo Título I para que, en el marco del respeto a las normas constitucionales y de la simplificación de los procedimientos, sean elevados los derechos y garantías de los contribuyentes, al tiempo de lograr una sistematización regulatoria eficiente y ágil, que permita obtener en tiempo oportuno, y de la manera más eficiente posible, las recaudaciones devenidas de las obligaciones tributarias ordenadas por la ley.
Uno de los avances importante contenidos en el proyecto es el que busca beneficiaran a los contribuyentes, con la reducción de la mora, a partir de su nueva concepción, a un 3 % mensual o por fracción de mes, con un tope hasta el 100 % del impuesto.
Adicionalmente, se introduce el catálogo de derechos del contribuyente, se instaura el buzón de la OFV como vía de recepción de solicitudes y no solo como vía de notificación de actos, y se instaura la obligación de la administración de publicar las consultas técnicas.
En el proyecto se reconoce la necesidad de orden de allanamiento para la fiscalizar en lugares cerrados o moradas personales, se establece la obligación del pago del interés indemnizatorio al contribuyente por retardo de la Administración Tributaria en el procedimiento de reembolso y se crea la figura de la subasta electrónica en la ejecución de la deuda tributaria.
Se busca permitir la compensación con impuestos, anticipos y sanciones, sin importar la naturaleza, y se establece un método de compensación automática.
“Como vemos, es toda una transformación a favor de los contribuyentes lo que estamos proponiendo; por eso valoramos en su justa dimensión la acogida y respaldo que hemos recibido de todos los gremios empresariales del país, especialmente de la Asociación de Industria de la Republica Dominicana, quienes no solo con sus observaciones, sino con espacios de discusión como el que hoy nos convoca en el marco de este importante evento, nos ayudan en el fortalecimiento del proyecto y la comprensión a cabalidad por parte de sus miembros”, dijo Luis Valdez.
Aseguró que tiene la firme decisión de mantener una administración Tributaria Cercana y Transparente hacia todos los contribuyentes.
La elaboración del Proyecto de Ley del Título I del Código Tributario, además de la revisión de una comisión multidisciplinaria experta y la integración de todos los órganos de la Administración Tributaria, el Ministerio de Hacienda, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, contó con la revisión de importantes organismos internaciones como el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, Banco Interamericano de Desarrollo y el Fondo Monetario Internacional (FMI). Sobre el tema expusieron, tanto el director de la DGII, como Celso Juan Marranzini, presidente de la AIRD, y Yorlin Vásquez, subdirectora jurídica de la DGII.
La ampliación y la profunGARANTÍA. dización de los mecanismos de atención a las necesidades de los usuarios generan un clima propicio para el beneficio tanto de los clientes como de las entidades financieras, y repercute directamente en el desarrollo y la estabilidad del sistema.
Así lo manifestó Fernando Zunzunegui, profesor y doctor en Derecho del Mercado Financiero de la Universidad Carlos III, de Madrid, durante su participación en el foro Actualidad y perspectivas de la protección del usuario financiero en la República Dominicana, celebrado por la Superintendencia de Bancos en el hotel Catalonia, como parte de la agenda de actividades que desarrolla por su 75 aniversario.
“Hay que cuidar al cliente desde el principio del ciclo de vida del producto financiero. No solo se deben procurar únicamente las ganancias”, expresó Zunzunegui durante su participación como orador principal de la actividad.
En ese sentido, resaltó los esfuerzos que la SB viene realizando en conjunto con las entidades que supervisa para seguir mejorando el ambiente de confianza entre los intermediarios financieros y sus clientes. “Lo que están haciendo en este país es un ejemplo de incorporación de un objetivo (protección de los usuarios) que no siempre se ve integrado a la solvencia de las entidades. Y es que no puede separarse la solvencia de la protección”, estableció.
Además de Zunzunegui, la actividad contó con un panel de discusión compuesto por Mercedes Canalda, presidenta ejecutiva del Banco Adopem; Ángela Nieto, vicepresidenta de Transformación Digital del banco BHD León; y Omar Bairán, vicepresidente de Consultoría Jurídica y Cumplimiento Regulatorio del Banco Santa Cruz. La moderación estuvo a cargo de la directora de la Oficina de Servicios y Protección al Usuario (ProUsuario), Yulianna Ramón. Mientras, Canalda dijo que la protección de los usuarios financieros se inicia con el conocimiento de sus necesidades.