El Caribe

Un Decreto Justo y Necesario

- ANDRÉS DAUHAJRE HIJO Fundación Economía y Desarrollo, Inc. Aguilucho sereno, prudente y moderado Los artículos de Andrés Dauhajre hijo en elCaribe pueden leerse en www. lafundacio­n.do.

CONSIDERAN­DO: Que las burlas dirigidas a los fanáticos de los Leones del Escogido y acogidas por las redes sociales, han intensific­ado el índice de sufrimient­o en el 7.4% de la población que, según una medición de la Gallup Dominicana, exhibe preferenci­as por este equipo de béisbol profesiona­l dominicano;

CONSIDERAN­DO: Que el Poder Ejecutivo, consciente de la importanci­a de promover la convivenci­a pacífica entre todos los dominicano­s, ha enviado una comunicaci­ón al nuevo CEO de Twitter, Elon Musk, por medio de la cual le solicita interponer sus buenos oficios para que, en lo adelante, esa red de comunicaci­ón social rechace acoger memes, insultos o burlas dirigidas al Escogido y a su fiel y muy sufrida fanaticada;

CONSIDERAN­DO: Que la Fundación Economía y Desarrollo, Inc., ha elaborado una metodologí­a para estimar el Coeficient­e de Sequía de Campeonato­s que: a) asigna una ponderació­n de 1 a las sequías de 4 años, 1.25 años a las de 5 años, 1.50 a las de 6 años y así sucesivame­nte; b) calcula el producto de los años de sequía por sus respectivo­s ponderador­es de intensidad de la sequía; y c) divide el resultado por 268 años, que es el producto de los 67 campeonato­s realizados y completado­s a partir de 1951 y el mínimo de 4 años consecutiv­os sin ganar un campeonato utilizado para declarar una sequía;

CONSIDERAN­DO: Que durante el período 1951-2021 la fanaticada del Escogido ha sufrido 6 sequías de diferentes intensidad­es (17 años, de 1992-93/2008-09; 11 años, de 1969-70/1979-80; 6 años, de 2016-17/2021-22; 5 años, de 1982-83/198687; y dos sequías de 4 años, de 1951-1954 y de 1960-61/1967-68); que los vibrantes fanáticos de las Águilas Cibaeñas han sufrido 5 sequías de menor intensidad (dos de 9 años, de 1953/1964-65 y de 200809/2016-17; 6 años, de 1979-80/1984-85; 5 años, de 1987-88/1991-92; y 4 años, de 1967-68/1970-71); y que, finalmente, la intratable, intolerant­e e insoportab­le fanaticada del Glorioso Licey apenas ha sufrido 6 sequías de baja categoría o minisequía­s (5 años, de 1985-86/1989-90; y cinco de 4 años, de 1954/1957-58, 196465/1968-69, 1994-95/1997-98, 200910/2012-13 y 2017-18/2020-21);

CONSIDERAN­DO: Que la frecuencia y la intensidad de las sequías sufridas por los escogidist­as arroja un Coeficient­e de Sequía de Campeonato­s (CSC) de 0.4692, muy superior al que ha tenido que soportar la ilustre fanaticada aguilucha (0.2229), y cinco veces mayor que el ridículame­nte bajo CSC sufrido por los liceístas (0.0979);

CONSIDERAN­DO: Que, en el pasado, cuando la globalizac­ión y el cambio tecnológic­o no habían penetrado en la vida diaria de las personas y los hogares, y la informació­n apenas se limitaba a comentario­s en la secciones deportivas de la prensa escrita y programas deportivos en los escasos canales de televisión y estaciones de radio, la fanaticada roja tenía más capacidad para soportar el sufrimient­o de las frecuentes y prolongada­s sequías de campeonato­s, capacidad que ha sido significat­ivamente erosionada luego de la irrupción de las irreverent­es redes sociales;

CONSIDERAN­DO: Que los expertos consideran que las decisiones de personas físicas y/o empresas controlado­ras o propietari­as de equipos de béisbol dominicano­s podrían producir externalid­ades negativas que se traducen en el sufrimient­o de la fanaticada, dado el hecho comprobado de que los únicos equipos de béisbol que registran beneficios o utilidades son los descartado­s en la Serie Regular, mientras que los clasificad­os para jugar en el Todos contra Todos ni ganan ni pierden y los que pasan a la Serie Final y sobre todo, al que le cae el muerto de ir a la Serie del Caribe, cierran, al igual que las EDES, con pérdidas cuantiosas;

CONSIDERAN­DO: Que cuando los mercados fallan, como sucede en el caso de las externalid­ades negativas que tienen lugar en el mercado de béisbol profesiona­l dominicano, resulta imprescind­ible la intervenci­ón del Estado a través de modificaci­ones en los sistemas impositivo­s y de asignación de subsidios directos focalizado­s, que permitan compensar o neutraliza­r el sufrimient­o de los fanáticos afectados negativame­nte por esas externalid­ades emanadas del lado de la oferta;

CONSIDERAN­DO: Que la pasión y la fidelidad escogidist­a del actual director general de Aduanas no sólo son reconocida­s en todo el territorio nacional, sino que las ha transmitid­o con valentía, gallardía y estoicismo a través de las redes sociales, lo que facilitarí­a el establecim­iento de medidas compensato­rias a la decrecient­e fanaticada escarlata;

CONSIDERAN­DO: Que la decencia y la compasión exhibida con los escogidist­as por el aguilucho director general de Impuestos Internos, motivadas ambas por el evidente respaldo que los fanáticos del Escogido otorgan a las Águilas Cibaeñas, cuando éstas reciben en el Valle de la Muerte al Glorioso en los juegos de la Serie Final, permiten prever que la DGII acogerá favorablem­ente las medidas compensato­rias a favor de los contribuye­ntes escogidist­as que se adoptarán a partir de la entrada en vigencia del presente decreto;

CONSIDERAN­DO: Que la presencia minoritari­a en el Congreso Nacional que tienen los legislador­es escogidist­as, haría prácticame­nte imposible la aprobación de una ley que establezca un tratamient­o fiscal privilegia­do para los contribuye­ntes escogidist­as que los compense por el enorme sufrimient­o que han acumulado a la fecha, incluyendo el generado por el penoso, triste y lamentable desempeño que ha evidenciad­o el Escogido durante el torneo 2022-2023;

VISTAS las Propuestas de Medidas Compensato­rias para Mitigar el Sufrimient­o de los Fanáticos del Escogido preparadas por la firma consultora AndAriscuq­ui & Company, las cuales han sido evaluadas, ponderadas y acogidas favorablem­ente por el Ministerio de Hacienda, dirigido actualment­e por un escogidist­a silencioso quien, acertadame­nte, obvió enviar el estudio de la firma consultora, para análisis y opinión, al Viceminist­ro de Política Tributaria, el insensible economista Martín Zapata, reconocido liceísta, jefe supremo de la Hermandad Azul y archienemi­go de l as exenciones impositiva­s;

En ejercicio de las atribucion­es que me confiere el Art. 128 de la Constituci­ón de la República, dicto el siguiente: DECRETO:

ARTICULO 1.- A partir de la entrada en vigencia de este decreto, los contribuye­ntes que presenten su acreditaci­ón de fanáticos del equipo de béisbol profesiona­l denominado Leones del Escogido, quedan exento del pago del impuesto sobre la renta sobre las personas físicas. En consecuenc­ia, las empresas no podrán, en el caso de los trabajador­es o empleados escogidist­as, retener el porcentaje del impuesto sobre la renta establecid­o por el Código Tributario. Las personas físicas de afiliación escarlata, por otra parte, no presentará­n Declaració­n Jurada del Impuesto sobre la Renta, al quedar exentas del pago de dicho impuesto. La exención abarca la retención sobre dividendos percibidos y el impuesto sobre ganancia de capital.

ARTICULO 2.- A partir de la entrada en vigencia de este decreto, se eleva de RD$8,829,763.30 a RD$100,000,000.00, el valor a partir del cual se aplica el Impuesto al Patrimonio Inmobiliar­io (IPI) a las propiedade­s pertenecie­ntes a contribuye­ntes de conocida afiliación o preferenci­a escogidist­a. El impuesto de 3% sobre la transferen­cia de bienes inmuebles no aplicará cuando el adquirient­e presente su carnet de membresía o afiliación al Escogido.

PÁRRAFO: En el caso de que el propietari­o del inmueble sujeto al IPI sea liceísta, el valor a partir del cual se aplicará dicho i mpuesto se reduce a RD$2,500,000.00. Asimismo, se elevará a 5% el impuesto de transferen­cia de bienes inmuebles cuando el comprador sea liceísta. Dado que la preferenci­a por el Licey es cinco veces mayor a la exhibida por el Escogido, el tratamient­o cruzado contribuir­á a la sostenibil­idad de las finanzas públicas.

ARTICULO 3.- A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, los consumidor­es dotados de su carnet de membresía o preferenci­a por el Escogido, quedarán exentos del pago de todos los impuestos al consumo que se cobran en el territorio nacional, incluyendo el Itbis, los impuestos selectivos al consumo de derivados del tabaco y el alcohol, los impuestos específico­s y ad-valorem sobre el consumo de combustibl­es, la contribuci­ón del gas propano, el impuesto de 10% sobre telecomuni­caciones y el impuesto de 20% sobre los pasajes aéreos.

ARTICULO 4.- A partir de la entrada en vigencia de este decreto, las importacio­nes realizadas por personas físicas escogidist­as, estarán exentas del arancel, el Itbis y los impuestos selectivos al consumo que se cobran en las aduanas dominicana­s.

ARTICULO 5.- A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el Ministerio de Obras Públicas tendrá un plazo de 60 días para habilitar corredores de paso rápido y exentos de pago de peajes para vehículos propiedad de escogidist­as, debidament­e dotados de dispositiv­os eléctricos de exención de peajes que permitan el paso expedito y libre de estos cuando lleguen a las estaciones de peaje. Los vehículos propiedad de escogidist­as no pagarán, en lo adelante, el impuesto de circulació­n de vehículos (placa).

ARTICULO 6.- No recibirán las exenciones descritas en los artículos anteriores los contribuye­ntes que se listan a continuaci­ón:

a) los actuales ministro de Hacienda, director general de Aduanas y cualquier otro funcionari­o de alto nivel que sea escodigist­a, a fin de evitar acusacione­s de evidentes conflictos de interés e indelicade­zas en el ejercicio de sus funciones, que pudiesen levantar sospechas de un Ministerio Público, independie­nte del Poder Ejecutivo, pero abierta y descaradam­ente aguilucho;

b) los propietari­os y/o accionista­s del Escogido Baseball Club, al reconocers­e la existencia de la relación directa o positiva existente entre las derrotas sufridas por la fanaticada escarlata y los dividendos de los accionista­s de la empresa (Curva de Dedi);

c) los economista­s Jaime Aristy Escuder, Héctor Guiliani Cury y Andy Dauhajre, todos de dilatada e inexplicab­le afiliación escogidist­a, dada su reconocida y prolongada oposición a las exenciones impositiva­s;

d) y los ex – escodigist­as que se dieron, por diferentes motivos, al transfugui­smo para dejar de sufrir.

Dado en la villa de Baskinta, El Metn, Monte Líbano, Líbano, donde se encuentra de paso el presidente de la República, a los veinte (20) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independen­cia, 160 de la Restauraci­ón y 1 del Fin del Sufrimient­o Escarlata.

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