Procuraduría se niega a decir cuántos bienes incautados administra
La Procuraduría General de la República se niega a informar cuántos y a qué tipo de casos corresponden los bienes que tiene bajo su control desde el año 2014 a la fecha.
Pese a que no se está solicitando información sensible respecto a las investigaciones que lleva a cabo el Ministerio Público, ni se trata de información de seguridad nacional, la Dirección de Custodia y Administración de Bienes Incautados, se negó a informar a elCaribe, de manera genérica, la estadística bienes muebles e inmuebles que administra debido a procesos judiciales en curso o con sentencias definitivas.
Para ello, se ampara en el artículo 290 del Código Procesal Penal que establece que el procedimiento preparatorio no es público para los terceros. Las actuaciones sólo pueden ser examinadas por las partes, directamente o por medio de sus representantes.
Aunque es frecuente que el Ministerio Público notifique en notas de prensa cuando lleva a cabo allanamientos y a consecuencia de ellos, procede a secuestrar bienes amparados en órdenes judiciales, la Dirección de Custodia y administración, dijo a elCaribe que no puede decir la Cantidad de bienes en poder del MP.
Tampoco informar la cantidad de bienes decomisados desde el 2014 a la fecha, ni hacer un desglose, por tipo, de los bienes incautados en poder del MP, ni establecer la cantidad de bienes incau
tados en poder del MP desglosado por provincias y los casos a que pertenecen los bienes incautados en poder del MP.
“En la actualidad la Procuraduría General de la República está realizando una mesa de trabajo, con el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio, en virtud de la versado en la Ley 60-23”, respondió la Procuraduría un mes y medio después de haber preguntado si existen bienes cuyo decomiso ha sido ordenado por los tribunales y que a la fecha no se han vendido.
Mantener bajo reserva de terceros la información sobre cantidad de bienes incautados no siempre se da, puesto que el propio Ministerio Público ha informado de cantidad y tipo de bienes muebles e inmuebles que están en su poder bajo orden judicial.
“Lo qué sucedió en el día de hoy fue un proceso de incautación, se incautaron tres bienes en el Distrito Nacional”, dijo a los medios de comunicación el director de la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, cuando secuestró con orden judicial algunos inmuebles relacionados con el exprocurador general de la República y principal imputado en el caso Medusa, Jean Alain Rodríguez.
El secreto judicial se aplica en expedientes en fase de investigación pero de acuerdo con el Código Procesal Penal, desde que se presente acusación, ya la fase secreta concluyó. En ese contexto, el
Ministerio Público no podría alegar reserva de información al menos en los siguientes casos de criminalidad organizada: Falcón, Antipulpo, Medusa, Coral, Coral 5G, Cattleya, Discovery, entre otros recientes y concluidos como la Red de César el abusador, Air Cocaine, Hermanos Buitrago y más.
Con la nueva Ley 60-23 sobre la administración de bienes secuestrados, incautados y abandonados en los procesos judiciales se retira la administración y custodia de bienes incautados de la Procuraduría.
La normativa establece un plazo para que todos los bienes muebles e inmuebles en manos de esa entidad sean transferidos al Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide), creado por la nueva legislación.