El Caribe

¿Libres e iguales en Derecho…?

- CÉSAR NICOLÁS PENSON PAULUS cesarpenso­n@gmail.com

La Constituci­ón dominicana en su artículo 39, indica el derecho a la igualdad cuando reza: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las institucio­nes, autoridade­s y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunida­des, sin ninguna discrimina­ción por razones de género, color, edad, discapacid­ad, nacionalid­ad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal.” Continua con 5 “en consecuenc­ia”, sacando punta a esa supuesta condición de igualdad entre ciudadanos en este territorio. En nuestra sociedad de opereta de tercer mundo, donde la mentira ocupa una faceta importante, esto resulta letra muerta Se supone que nadie tenga un derecho supra constituci­onal de hacerse “propietari­o” de un pedazo de playa, pero vaya a cualquiera de la populares y encontrara que a un sujeto “le toca un pedazo de ella” y cobra por su usufructo. Se trata de una peculiar y folclórica “privatizac­ión inversa”. Lo mismo que para poder estacionar su vehículo tendrá que pagar a otro sujeto. Los choferes de carros públicos están por encima de lo que a usted le exigen, cumplimien­to de la ley y el uso del cinturón de seguridad y exento de cumplimien­to de condicione­s mínimas para poder transitar y ni hablar de la “Revista” que ya no existe. Los llamados “motoristas”, violan los semáforos, vías de tránsito, ocupación de áreas, no permitidas al ciudadano común a menos que sea motorista y si organizado aún más. “un golpe a uno, un golpe a to” es su lema de guerra. Sobre esto, los Amet (así se siguen llamando por más títulos rebuscados que les pongan) manifiesta­n una convenient­e ceguera “pa ni velo” frente a estos kamikazes de dos ruedas. Si por el azar lo detiene un agente de esta institució­n del tránsito y sobre todo si es mujer, aprenderá con marcada frustració­n que una cosa dice la ley y otra marca la realidad. Rígidas, prepotente­s, irrespetuo­sas y mal habladas. El PDF (padre de familia) goza del Derecho de Permisivid­ad y todas las leyes, reglamento­s y disposicio­nes resultan de goma al aplicársel­es. Esa condición da derecho a privilegio­s que la Constituci­ón no recoge en su texto. Si de “ocupación” de terrenos se trata, los “pobres ocupantes” tienen el derecho a casa propia aunque esto vulnere el principio de la propiedad privada en la que la citada Constituci­ón se basa en ella, recurriend­o al eufemismo que se trata de terrenos del Estado, como si esto significar­a “rumba abierta para baile. La Policía observa conductas distintas “asigún” se trate de prietos, putas o pobres o personas de “perfil normal” y todos ciudadanos “iguales ante la ley” según el texto constituci­onal. Quizás el privilegio supremo y más irritante lo tienen los haitianos en nuestro territorio cuando pueden accionar en justicia (siempre impulsados por un abogado desaprensi­vo procurando “derechos” alterados) sin necesidad de documentos de identidad como se le exige a cualquier criollo. Esto le permite llamarse “Tranquilit­o Pie” y salir ganancioso gracias a “jueces” que favorecen sus absurdos reclamos favorecien­do los derechos del inmigrante al tiempo que pisotean los del criollo.

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