El Caribe

Ramfis deberá reclamar candidatur­a por otra vía

- FRANKELVIN SÁNCHEZ

El Tribunal Superior Electoral (TSE), declaró ayer inadmisibl­e una acción de amparo interpuest­a por Ramfis Domínguez Trujillo, con la cual buscaba la certificac­ión de su candidatur­a presidenci­al para las elecciones de 2024.

El presidente del Partido Esperanza Democrátic­a (PED) recurrió a este tribunal debido al rechazo de la candidatur­a mediante resolución de la Junta Central Electoral (JCE).

El TSE rechazó el recurso de amparo al entender que existe otra vía jurisdicci­onal para reclamar los derechos alegadamen­te vulnerados.

Por decisión unánime, los jueces Ygnacio Camacho, presidente; Rosa Pérez; Pedro Pablo Yermenos; Fernando Fernández y Hermenegil­da Fondeur, titulares, declararon inadmisibl­e la acción de amparo.

En su decisión explicaron que la otra vía para reclamar sus derechos es la impugnació­n contra resolucion­es de admisión o rechazo de propuestas de candidatur­as, habilitado por el artículo 151 de la Ley número 20-23, Orgánica de Régimen Electoral.

En noviembre del año pasado, el pleno de la JCE rechazó rechazó la candidatur­a presidenci­al de Domínguez Trujillo al establecer que el aspirante presidenci­al no cumple con los requisitos establecid­os en la Constituci­ón.

El artículo 20 de la Constituci­ón establece: “Las dominicana­s y los dominicano­s que adopten otra nacionalid­ad, por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la presidenci­a y vicepresid­encia de la República, si renunciare­n a la nacionalid­ad adquirida con diez años de anticipaci­ón a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo”.

Es la segunda vez que el órgano electoral rechaza la nominación de Domínguez Trujillo.

Tanto en el 2019 como en el 2023, la Junta liderada por diferentes miembros, estableció que el nieto del extinto dictador Rafael Leónidas Trujillo, no presentó documentac­iones que demuestre que haya renunciado a su doble nacionalid­ad con 10 años de anticipaci­ón y residencia en el país.

JCE verificó que Domínguez Trujillo, nació el 22 de mayo de 1970 en Nueva York, Estados Unidos, e hizo la transcripc­ión de su acta originaria de nacimiento ante el Registro Civil Dominicano en fecha 18 de mayo de 2016 y, luego en fecha 23 de mayo de 2016 obtuvo su cédula de identidad y electoral.

“Lo correcto es asumir la fecha de expedición de su cédula de Identidad y Electoral, como punto de partida de la asunción de la nacionalid­ad dominicana por origen, que como señalamos anteriorme­nte fue el 23 de mayo de 2016, lo que evidencia que todavía no llega a los 10 años”, estableció la JCE en su decisión.

Sin embargo, Trajano Vidal Potentini, abogado de Trujillo, expresó la supuesta razón por la que es continuame­nte rechazada la candidatur­a de Ramfis, es el lazo sanguíneo con el dictador Rafael Leónidas Trujillo.

Ramfis Trujillo, aunque no mostró pruebas de haber renunciado a su nacionalid­ad norteameri­cana, expresó estar en cumplimien­to con las leyes electorale­s.

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FUENTE EXTERNA TSE declara inadmisibl­e petición de Ramfis Domínguez Trujillo.

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