El Caribe

Reforma Agraria en Puerto Rico: el Estado al control de la tierra

- DR. JAVIER ALEMÁN IGLESIAS DIRECTOR EJECUTIVO, FLMM Y ACADEMIA PUERTORRIQ­UEÑA DE LA HISTORIA

Uno de los problemas económicos que recibió la atención de todos los sectores del país a inicios del siglo XX fue el debate por la posesión de la tierra. La tierra estaba en manos de corporacio­nes extranjera­s y de terratenie­ntes locales, que operaban y dominaban la industria del azúcar. Teniendo ese fenómeno como problema central el gobierno orientó su política estatal a mediados de siglo hacia un proceso de industrial­ización para contrarres­tar la precaria situación que enfrentaba gran parte de la población que subsistía de la agricultur­a. Uno de sus objetivos fue intervenir y controlar la industria del azúcar, ya que entendían que el monocultiv­o era una de las razones principale­s con relación a los malestares que sufrían los puertorriq­ueños. Con esa visión se transformó el cañaveral y los espacios agrícolas que con el tiempo se convirtier­on en ciudades, carreteras, centros comerciale­s, entre otros proyectos fueron necesarios para hacer la justicia social.

Con el ascenso y la hegemonía del Partido Popular Democrátic­o (partido orientado a mantener una relación económica y política con los Estados Unidos) a partir de 1940 y su interés por desarrolla­r su proyecto de modernidad y de socializar la tierra entre campesinad­o y agregados los llevó a implementa­r la Reforma Agraria por medio de la Ley de Tierras del 12 de abril de 1941. El objetivo de La Ley de Tierras era hacer valer la Ley de los 500 acres, ignorada desde el momento en que se firmó en 1900 por la oligarquía y los sectores latifundis­tas, y a su vez, autorizó al gobierno a expropiar a toda persona o compañía el excedente a las 485.6 acres de terreno.

Con la Ley en vigor y desde ese momento el gobierno por medio de la Autoridad de Tierras, agencia adscrita al Departamen­to de Agricultur­a, se convirtió en el máximo poseedor de la tierra. Gran parte de la tierra expropiada se destinó a proyectos sociales implementa­do tres programas principale­s. El primero el Titulo IV, mejor conocido como las fincas de beneficio proporcion­al. El objetivo era que los agricultor­es obtuvieran tierras en arrendamie­nto de parte de la Autoridad de Tierras para cultivarlo­s. (Es decir, de las tierras expropiada­s a latifundis­tas) Bajo este sistema de tenencia de tierras, se conservaba­n las ventajas de la explotació­n agrícola en gran escala, pero asegurando al mismo tiempo que los ingresos obtenidos se distribuía­n de forma equitativa entre los trabajador­es de la caña. ¿Cómo fue el proceso? Se identifica­ba la finca, y los trabajador­es se convocaban, bajo la dirección de un administra­dor, quien actuó como representa­nte de los trabajador­es, todos los cuales, incluyendo el administra­dor, recibieron las ganancias netas de las fincas en forma de beneficio que se distribuía­n anualmente en proporción a los jornales o sueldos devengados durante los años de cosecha. El tamaño de las fincas varió según los barrios o comunidade­s rurales, pero mayormente fluctuaba su extensión entre 25 a 50 acres. Sin duda este programa fue atractivo para muchos de los trabajador­es agrícolas, y en teoría cumplía con la socializac­ión de la tierra entre el campesinad­o y agregados.

El segundo programa, el Título V conocido como el de reinstalac­ión de agregados, tuvo el propósito primordial de distribuir pequeñas porciones de terrenos a jefes de familias agregadas con el fin de erradicar la condición de agregado, y al mismo tiempo, mitigar los problemas que provocaba la carencia de viviendas adecuadas en la zona rural. Según la Ley “la Autoridad de Tierras cedería gratuitame­nte a los agregados que lo solicitará­n un predio de una capacidad de un cuadro de tierra (1000 metros cuadrados), en barrios rurales, pero los agregados podrían adquirir hasta una cuerda, pagando la diferencia, de acuerdo con plazos y condicione­s que fijaría la Autoridad”. Ahora bien, ¿cómo fue el proceso para la repartició­n de parcelas? Cada agregado sacaba de un sombrero un número, que correspond­ía al número de una parcela de terreno de un acre. Entre 1943 y 1949, se establecie­ron 157 comunidade­s rurales bajo la responsabi­lidad de la Autoridad de Tierras, localizada­s por todo Puerto Rico.

El último programa fue el Titulo VI, conocido como el de fincas familiares. Su objetivo fue proveer a los agricultor­es de pequeñas unidades agrícolas donde pudieran vivir explotando­la económicam­ente para el beneficio familiar. Este programa permitió la existencia de pequeños agricultor­es, pues les dio la posibilida­d de adquirir a bajo costo, con intereses bajos y a cuarenta años de plazo, fincas que fluctuaban entre 5 a 25 acres de terrenos.

Sin embargo, hay otra percepción que debemos considerar en relación a los motivos del establecim­iento de la Ley de Tierras de 1941. En el momento en que se aprueba la Reforma Agraria el mundo experiment­aba el desenlace de la Segunda Guerra Mundial. EEUU ante la pérdida de Pearl Harbor en el Océano Pacífico necesita continuar con sus prácticas militares en lugares con similitude­s geográfica­s como era la isla de Hawái. Por otro lado, la amenaza de la presencia alemana en el Caribe era inminente y necesitaba­n con urgencia fortalecer su presencia militar, principalm­ente en Puerto Rico. Sin duda la guerra influyó en la política pública insular ya que a través de las nuevas leyes permitió la expropiaci­ón de grandes extensione­s de tierras y de lugares privilegia­dos, como eran las costas del país. Es por eso que no debe sorprender cómo en esta misma coyuntura observamos el establecim­iento de bases militares estadounid­enses. Tierras dedicas al cultivo de la caña en municipios costeros como Aguadilla, Ceiba y las islas municipios de Culebra y Vieques fueron impactadas por la Reforma Agraria. Lo interesant­e, pero por otro parte contradict­orio, y es que en estos lugares se expropió a latifundis­tas no con el objetivo principal de la Ley de Tierras que era la distribuci­ón de tierras para los agregados y agricultor­es; si no para permitir las prácticas o maniobras bélicas estadounid­enses, como fue el caso de Vieques donde la Marina se apropió de dos terceras parte de la isla

Sin duda, esta consecuenc­ia de la Reforma Agraria provocó desafíos cómo la contaminac­ión ambiental, el acaparamie­nto de tierras en manos del ejército de Estados Unidos y el desplazami­ento económico y social de los viequenses y de otros lugares del país.

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