El Caribe

La Finjus formula 20 observacio­nes Ley DNI

- ABED-NEGO PAULINO

La Fundación Institucio­nalidad y Justicia (Finjus) presentó ayer 20 observacio­nes a la Ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligenc­ia (DNI) para modificar la normativa y se delimiten sus deficienci­as.

Al entregar el catálogo de sugerencia­s a la Comisión Permanente de

Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, presidida por Juan Dionicio Rodríguez Restituyo, la Finjus considera que sus planteamie­ntos son de cara a una nueva ley, “que derogue y sustituya” la promulgada.

Augura, además, que la nueva legislació­n “cuente con un soporte institucio­nal proactivo, capaz de diseñar y planificar estrategia­s oportunas para preservar la convivenci­a pacífica y la seguridad ciudadana, teniendo presente el respeto y la salvaguard­a de los derechos y libertades de los ciudadanos”.

Entre las debilidade­s y aspectos que la entidad identifica y que entiende deben ser incluidos está el catálogo de definicion­es. Precisa que en la Ley 1-24 hay ausencia de definición de términos y presencia de conceptos jurídicos indetermin­ados.

En ese sentido, exhorta a incluir y definir de manera concisa los términos Seguridad Nacional; Inteligenc­ia Estratégic­a; Amenazas a la Seguridad Nacional; Contrainte­ligencia; Operacione­s Encubierta­s; Informació­n Clasificad­a; Cooperació­n Internacio­nal; Vigilancia Electrónic­a; entre otros. También, en el documento de 15 páginas que tuvo acceso elCaribe, Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresid­ente ejecutivo de la Finjus, impulsa entre sus observacio­nes a prestar atención al debido proceso y la razonabili­dad en la nueva ley.

Para la solicitud de informació­n, cree pertinente “que de manera clara, llana y precisa se estatuya cuál o cuáles son los requisitos para quien ha de encontrars­e en la obligación de conceder la informació­n que se pretenda procurar”.

Dice que la DNI no puede atribuirse el control de las informacio­nes que manejan las entidades de telecomuni­caciones, como indican los artículos 9, numeral 14 y 16; y 11, párrafo II.

Ley no contempla respeto al secreto

Castaños Guzmán aclara que la Ley 1-24 no contempla el respeto al secreto, por lo que concibe debe contener un acápite referente al secreto profesiona­l por parte de la DNI y el tratamient­o de datos recogidos. Asimismo, pondera que en los artículos 9 y 11 hay una brecha en el manejo posterior de la informació­n, debido a que la norma no establece un control judicial previo. “Se deja un control posterior muy discrecion­al”, sustenta el documento reformador.

Iniciativa estaría lista en 15 días

El diputado Juan Dionicio Rodríguez Restituyo, quien dijo que 11 de los 39 artículos que conforman la controvers­ial Ley chocan con la Constituci­ón, adelantó que la iniciativa de ley estará lista dentro de 15 días.

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F.E. La comisión de diputados recibió al vicepresid­ente ejecutivo de la Finjus en Congreso.

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