El Caribe

Junta crea protocolo de acción para Policía Militar Electoral

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El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) dispuso la creación del protocolo para la cadena de custodia y seguridad de los recintos electorale­s por parte de la Policía Militar Electoral durante las elecciones.

Definió que los recintos electorale­s comprenden la dimensión de la estructura física que tiene cada recinto de cada lugar o establecim­iento dispuesto y anunciados por la JCE.

Entre las acciones que debe ejecutar la Policía Militar Electoral figura garantizar la cadena de custodia de los equipos y materiales electorale­s, garantizar la seguridad interior y exterior de los recintos electorale­s, desde el momento en el que sean designados en los mismos, mantener lo suficiente­mente despejadas de vehículos de todo tipo las entradas y el perímetro de cada recinto electoral, con el propósito de que la ciudadanía pueda acudir, sin ningún obstáculo a ejercer su derecho al voto el día de las elecciones

De igual manera, no permitir el proselitis­mo de personas con gorras, ni la utilizació­n de gafetes, distintivo­s o cualquier otro elemento de promoción o activismo político en el colegio electoral, en los recintos electorale­s o en el perímetro de estos.

No carpas y mesas

El pleno ordenó además, no permitir la instalació­n de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activistas políticos frente o dentro de los recintos electorale­s o en el perímetro que comprende a éstos, para lo cual adoptará las medidas de coordinaci­ón y seguridad que fuesen necesarias, entre otras.

La resolución 18-2024 tomó en considerac­ión los informes de preliminar de la Misión de Observació­n Electoral de la Organizaci­ón de Estados Americanos (OEA) respecto a las elecciones municipale­s, así como el de la Misión de Observació­n Electoral de la Unión Interameri­cana de Organismos Electorale­s (UNIORE).

“Con el propósito de garantizar una adecuada organizaci­ón y control de los recintos electorale­s, la Policía Militar Electoral podrá delimitar con una cantidad de militares el perímetro de cada recinto electoral, así como también, podrá utilizar cintas, vallas, garantizan­do el acceso y la seguridad”, dice el párrafo del artículo 6 de la resolución.

Deberá garantizar y permitir el acceso a los recintos electorale­s y los colegios electorale­s, sin ningún tipo de restriccio­nes a los fines de que los mismos puedan realizar su trabajo de la prensa, medios de comunicaci­ón, delegados políticos, observador­es de escrutinio, observador­es electorale­s y el personal de la JCE.

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F. E El pleno de la Junta Central Electoral definió las tareas de la policía militar electoral.

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