Dice RD debe poner atención a informes derechos humanos
El ex juez del Tribunal Constitucional, Hermógenes Acosta, consideró que si existe un compromiso con los derechos humanos, la República Dominicana debe analizar los informes de violaciones que emiten el Departamento de Estado de los Estados Unidos y Amnistía Internacional, para corregir las distorsiones.
El jurista explicó que estos informes son declaraciones sobre lo que ellos entienden que es el panorama de la protección de los derechos fundamentales en el país. Agregó que no son vinculantes.
“Deben de analizarse y las distorsiones que puedan existir deben tratar de corregirse en todos los países del mundo. Hay ocasiones en que se violan derechos fundamentales”, afirmó.
El ex juez del TC participó en la conferencia y panel “Relevancia del derecho internacional en la protección nacional de los derechos fundamentales: Experiencias desde el control de convencionalidad”, junto a los panelistas Amaury Reyes Torres, juez del Tribunal Constitucio
nal, Mariel Ortega De los Santos, asociada senior del Instituto O’Neill (Universidad de Georgetown) y Felix Tena de Sosa, director de análisis constitucional de la Procuraduría General de la República.
Acosta sostuvo que para el ejercicio del control de convencionalidad los jueces deben tener en cuenta no solamente la Convención Americana, sino también la interpretación que de ella hace la Corte Interamericana.
Panel sobre protección de derechos
Félix Tena de Sosa explicó que el control de convencionalidad es un concepto desarrollado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte IDH) y se refiere al deber de los Estados de asegurar que su ordenamiento interno, tanto las normas como las prácticas, esté en conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos de los que son parte.
“Este control debe ser ejercido por los órganos del Estado en especial, pero no exclusivamente por jueces”, dijo Tena.
Al referirse a la justicia constitucional, el juez del TC, Amaury Reyes Torres, afirmó que esta la competencia a que tienen los tribunales del Poder Judicial, el Tribunal Superior Electoral y el Tribunal Constitucional en controlar, y sancionar, las infracciones a la Constitución.
“Aunque recae sobre el Tribunal Constitucional el monopolio del control concentrado de constitucionalidad, no así la garantía de la supremacía de la Constitución, la protección de los derechos fundamentales y el orden constitucional que les corresponde a todos los órganos jurisdiccionales del país en el contexto de sus atribuciones”, explicó Reyes Torres en el evento.