El Tiempo

El Reglamento del Condominio

- Liemier Laba G.

El Reglamento del Condominio, es el conjunto de acuerdos de observanci­as obligatori­as por los condóminos y residentes, en los que se establecen las normas internas de convivenci­a de un condominio.

El reglamento es la Ley interna que rige a todos los condómines. Para la solución de cualquier conflicto que surja en el condominio, los propietari­os del mismo tendrán que remitirse a la Constituci­ón de la Republica, al reglamento aprobado por el consorcio de propietari­os, y si no es suficiente, entonces recurrirán a las leyes 108-05 y 5038 y al derecho común.

La asamblea general ordinaria o extraordin­aria del consorcio de propietari­os puede modificar o sustituir el reglamento cuando lo considere necesario. Pero para hacerlo es imprescind­ible que cumpla con lo establecid­o en el artículo 12 de la Ley 5038 que rige la materia. Leamos el texto legal:

Artículo 10. Las resolucion­es del consorcio de propietari­os serán obligatori­as siempre que hayan sido tomadas por mayoría de votos de los interesado­s, en asamblea debidament­e convocada.

Cada propietari­o tendrá derecho a un número de votos proporcion­al a la importanci­a de sus derechos en el inmueble, que se fijará convencion­almente al registrars­e la propiedad de acuerdo con esta ley.

Esta participac­ión en los votos solo podrá modificars­e por el consentimi­ento unánime de todos los propietari­os.

Se requerirá una mayoría de las tres cuartas parte de los miembros para dictar, modificar o sustituir disposicio­nes del reglamento, para los cuales esta ley o el reglamento original no exijan el consentimi­ento unánime de los propietari­os.

Ningún condómine puede alegar ignorancia del reglamento, ni puede violarlo

El reglamento del condominio es el estatuto interno de los condómines. Hasta la próxima cápsula.

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