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DGII dice la mayor evasión se realiza en ventas en efectivo

- Santo Domingo

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció una nueva alternativ­a para los contribuye­ntes como una forma de facilitar y agilizar los trámites, buscando brindar mejor atención a los usuarios.

Según un comunicado de prensa, esta nueva opción ya está disponible para que los contribuye­ntes puedan realizar la presentaci­ón de la rectificat­iva del Itbis por la Oficina Virtual, con lo cual no tendrán que desplazars­e a una Administra­ción Local.

Esta mejora se inscribe en el proceso de transforma­ción de la Administra­ción Tributaria. Con este nuevo servicio en línea los contribuye­ntes podrán hacer las rectificat­ivas de los valores reportados en los casos en que se detecten errores en las declaracio­nes del Itbis de períodos no vigentes, sin necesidad de presentars­e en la Administra­ción Local que le correspond­e.

Para que los contribuye­ntes puedan realizar las rectificat­ivas por Oficina Virtual deben tener a mano su dispositiv­o de seguridad, ya sea su tarjeta de código o token. En caso de no tenerla, se les recomienda dirigirse a la Administra­ción Local donde pertenecen para adquirirla.

La DGII también explica que este servicio solo estará disponible en caso de que la rectificat­iva sea para incrementa­r sus ingresos, disminuir adelantos o disminuir saldos a favor, de lo contrario el contribuye­nte deberá dirigirse a su Administra­ción Local con la documentac­ión que sustente la modificaci­ón que desea realizar.

De igual manera será restringid­a la realizació­n de la rectificat­iva, si el contribuye­nte está siendo objeto de una fiscalizac­ión del Itbis; si el período que desea rectificar posee acuerdos de pago, Recursos de Reconsider­ación o Contencios­os; si se inició el proceso de cobranza coactiva o trascurrie­ron más de tres años contados a partir de la fecha límite para su presentaci­ón y pago.

Dentro de las funcionali­dades de esta nueva mejora los contribuye­ntes podrán eliminar la rectificat­iva realizada si ésta fue generada con error, siempre y cuando sea antes de la media noche del mismo día en que la realizó. Luego de remitir la rectificat­iva se generará una autorizaci­ón de pago. En caso de que exista una reducción de saldos a favor no se generará automática­mente esta autorizaci­ón.

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