Listin Diario

TC DICE ES ILEGAL CORTAR SERVICIO DE AGUA POTABLE

- Wanda Méndez Santo Domingo

El Tribunal Constituci­onal reiteró que la suspensión del servicio de agua potable, bajo el alegato de falta de pagos, es una actuación arbitraria e ilegal.

En un nuevo fallo que resuelve un conflicto por la suspensión del servicio de agua, el TC consideró que el reclamo de pagos puede realizarse por otros medios que no pongan en juego el derecho a la salud y a la dignidad de las personas.

Con esa motivación, el TC confirmó una sentencia de amparo que ordenó a La Estancia Golf Resort, de Higüey, restablece­r el servicio de agua en un apartament­o donde reside el señor Carlos Eduardo Vásquez Sagra, quien lo reclamó mediante una acción de amparo.

El TC ratificó la sentencia número 00581/2016, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia el 28 de abril de 2016.

Mediante la sentencia 525/17, emitida el 8 de octubre del 2017, el TC rechazó un recurso de revisión de amparo sometido por La Estancia Golf Resort.

Vásquez Sagra sometió una acción de amparo con la finalidad de que se restableci­era el servicio de agua potable a su residencia, el cual fue impedido en virtud de que no ha cumplido con los pagos de las facturas de agua y de servicios de mantenimie­nto.

La acción de amparo fue acogida, ordenando el tribunal civil la restitució­n de manera inmediata del servicio de agua potable en la residencia Vásquez Sagra.

El Tribunal Constituci­onal ratificó el precedente que fijó en la sentencia TC/0482/16, en la que precisó que “nada justifica la suspensión o racionaliz­ación del servicio público de agua, pues esto supone una interferen­cia en este derecho que vulnera la dignidad humana y atenta contra el derecho a la salud, de modo que dada la importanci­a de este recurso natural, el mismo goza de protección reforzada a nivel constituci­onal”.

Dijo que el consumo de agua por humanos es prioritari­o sobre otro uso.

 ?? ARCHIVO/LISTÍN DIARIO ?? Acueducto. El Tribunal Constituci­onal reiteró que la falta de pago no justifica cortar el agua destinada al consumo humano.
ARCHIVO/LISTÍN DIARIO Acueducto. El Tribunal Constituci­onal reiteró que la falta de pago no justifica cortar el agua destinada al consumo humano.

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