Listin Diario

Pedido de hijastros por parte de familiares que son ciudadanos

- Yadira Morel RESPONDE yadira.morel@listindiar­io.com

Pregunta:

Es posible que mi esposo ciudadano americano pueda pedir la residencia a mi hija de 17 años.

Respuesta:

Sí, los ciudadanos americanos pueden solicitarl­e la residencia a sus hijastros siempre y cuando se casaran con la madre antes del hijastro cumplir 18 años.

Pregunta:

Tengo un certificad­o financiero solo a mi nombre. ¿podría mi esposa presentar este documento sin estar el certificad­o a nombre de los dos?

Respuesta:

Claro que sí. El matrimonio crea la comunidad de bienes y si están legalmente casados, el dinero es de ambos.

Pregunta:

Mi novio residente quiere que nos casemos en Estados Unidos ya que yo tengo visa de paseo y me dicen que no se puede.

Respuesta:

Claro que se pueden casar en Estados Unidos, lo que no se puede es que usted se quede en E.U. y solicitar la residencia (ajuste de estatus).

Pregunta:

Mi hija ciudadana americana de 26 años me solicitó la residencia estoy casada y mi esposo y yo tenemos dos hijos de 7 y 9 años. ¿Están ellos incluidos en la petición?

Respuesta:

No, ellos no están incluidos en la petición de tu hija pero tan pronto usted reciba la residencia puede hacer la solicitud de residencia a su esposo y en esa petición están incluidos sus hijos menores.

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