Pedido de hijastros por parte de familiares que son ciudadanos
Pregunta:
Es posible que mi esposo ciudadano americano pueda pedir la residencia a mi hija de 17 años.
Respuesta:
Sí, los ciudadanos americanos pueden solicitarle la residencia a sus hijastros siempre y cuando se casaran con la madre antes del hijastro cumplir 18 años.
Pregunta:
Tengo un certificado financiero solo a mi nombre. ¿podría mi esposa presentar este documento sin estar el certificado a nombre de los dos?
Respuesta:
Claro que sí. El matrimonio crea la comunidad de bienes y si están legalmente casados, el dinero es de ambos.
Pregunta:
Mi novio residente quiere que nos casemos en Estados Unidos ya que yo tengo visa de paseo y me dicen que no se puede.
Respuesta:
Claro que se pueden casar en Estados Unidos, lo que no se puede es que usted se quede en E.U. y solicitar la residencia (ajuste de estatus).
Pregunta:
Mi hija ciudadana americana de 26 años me solicitó la residencia estoy casada y mi esposo y yo tenemos dos hijos de 7 y 9 años. ¿Están ellos incluidos en la petición?
Respuesta:
No, ellos no están incluidos en la petición de tu hija pero tan pronto usted reciba la residencia puede hacer la solicitud de residencia a su esposo y en esa petición están incluidos sus hijos menores.