OBRAS PÚBLICAS Y MEDIO AMBIENTE JUSTIFICAN LA CONSTRUCCIÓN DE PARQUE EN SANTIAGO
AFIRMAN TRABAJARÁN FIRMES PARA QUE LA OBRA TERMINE A PRINCIPIOS DE 2018
(+) Afirman que legalidad de la construcción del parque quedó establecida en los decretos 185-00, del 4 de mayo del 2000, y el 194-04, del 9 de marzo de 2004.
En una declaración conjunta sobre la construcción del Parque Central de Santiago, los ministros de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Francisco Domínguez Brito, y de Obras Públicas y Comunicaciones, Gonzalo Castillo, aseguraron que la construcción del referido parque se lleva a cabo conforme a las normas legales que la rigen.
De manera específica, ambos funcionarios citaron el decreto 126-01, del 23 de enero de 2001, que creó el Patronato Parque Central de Santiago, como organismo encargado de planificar y administrar toda el área donde se encontraba localizado el Aeropuerto Cibao, a los fines de poner en funcionamiento en esa área un parque que sirva de pulmón ecológico, esparcimiento y recreación, llamado Parque Central de Santiago, tan pronto el aeropuerto fuera trasladado a sus nuevas instalaciones.
“El citado Decreto 126-01, y el Decreto 539-02, del 16 de julio de 2002, establecen las instituciones que conforman el Patronato Parque Central de Santiago, un total de 14 instituciones representativas de los sectores público, privado y la sociedad civil, formando parte de ellas el Ayuntamiento de Santiago”, precisan.
Establecen que la legalidad de la construcción del parque quedó establecida en virtud de los decretos 18500, del 4 de mayo del 2000, y el 194-04, del 9 de marzo de 2004, que ordenaron el traslado del antiguo Aeropuerto Cibao y destinaron los terrenos que eran ocupados por el mismo a la construcción del Parque Central de Santiago.
“Mediante los citados decretos fueron declarados de utilidad pública e interés social los terrenos y mejoras ocupados por el Aeropuerto Cibao que no eran propiedad del Estado dominicano, y se declaró de urgencia que el propio Estado entrara en posesión de los mismos, a fin de poder iniciar de inmediato la construcción del parque”, afirman.
La declaración establece que ambos ministerios, en sus calidades de órganos rectores del medio ambiente y los recursos naturales y del sector de la construcción del país, “han circunscrito sus actuaciones a las atribuciones que les son conferidas por el marco legal vigente en el país, reforzado este por el mandato recibido bajo el Decreto 12601, que instruye al Gobierno dominicano a brindar al Patronato Parque Central de Santiago todas las facilidades necesarias y apoyos para la creación y el buen funcionamiento de dicho parque”.