Las peticiones de hijos a sus padres no incluyen a otros beneficiarios
Yadira Clementina Morel y Morel nació en Santiago de los Caballeros el 23 de abril de 1950.
Es titulada de Doctora en Derecho en la Nova University, de Fort Lauderdale, Florida, en 1984, con maestría en Estudios Legales Internacionales, en New York University, del estado de New York, en 1977; licenciada en derecho “Cum Laude” en la Universidad Católica Madre y Maestra, de Santiago.
Es miembro de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración y está admitida como Doctora en Derecho en todas las cortes del estado de la Florida.
Ha sido reconocida por la embajada de EEUU en la República Dominicana.
P. Mi hija ciudadana americana me solicitó la residencia a mí y a mis hijos y ahora me dicen que los niños no están incluidos.
¿Es esto cierto? R. Sí, las peticiones de hijos ciudadanos americanos a favor de sus padres no incluyen beneficiarios. Su hija la pide a usted solamente y cuando usted sea residente le solicita la residencia a sus hijos. P. Mi esposa y yo vamos a solicitar visa de paseo pero el carro solo está a nombre mío al igual que la cuenta de ahorro. ¿Debo poner todo a nombre de los dos? R. El matrimonio crea la comunidad de bienes lo que está a nombre de uno de los dos se considera de ambos, por consiguiente no es necesario ponerlo a nombre de los dos. P. Viajo con mucha frecuencia a Estados Unidos por períodos muy cortos, máximo una semana. ¿Puede esto traerme problema con mi visa? R. Si sus viajes son por diligencias personales o laborales deben de indicar que es por negocio B1 y le otorgan menos tiempo y no debe tener problema. P. Puede un ciudadano americano solicitarle residencia a una hija de su esposa que vive con ellos. R. Sí puede, si se casó con la madre y ella era menor de 18 años.