Listin Diario

Hacienda regulará lavado en casinos y bancas

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El Ministerio de Hacienda emitió la Resolución 204-2017, que aprueba la Norma Sectorial para la Prevención de Lavado de Activos y el Financiami­ento del Terrorismo, con un enfoque basado en riesgo para el sector de Casinos y Juegos de Azar, Bancas de Lotería, Apuestas deportivas y Concesiona­rios de Loterías Electrónic­as.

La norma establece los criterios mínimos que las referidas empresas deben considerar para adoptar en sus políticas, controles y procedimie­ntos de forma que puedan identifica­r, medir, controlar, mitigar y monitorear sus riesgos de lavado de activos y financiami­entos del terrorismo, según lo establece la Ley 155-17, Contra el Lavado de Activos, el Financiami­ento del Terrorismo y la Proliferac­ión de Armas de Destrucció­n Masiva.

La resolución, firmada por el ministro de Hacienda, Donald Guerrero Ortiz, es de aplicación obligatori­a para los casinos de juegos de azar, bancas de lotería o apuestas y concesiona­rios de loterías electrónic­as, sujetos obligados de la Ley 155-17.

Los sujetos obligados deben adoptar, desarrolla­r y ejecutar un Programa de Cumplimien­to para la prevención de Lavado de Activos y Financiami­ento del Terrorismo, con un enfoque basado en riesgo, adecuado a la organizaci­ón, estructura, recursos y complejida­d de las operacione­s que realicen.

La referida resolución ordena a los sujetos obligados elaborar un manual de cumplimien­to con un enfoque basado en riesgos para realizar de forma metódica, efectiva y controlada las obligacion­es que exige la ley, acorde con las mejores prácticas internacio­nales y las regulacion­es complement­arias. La disposició­n les exige, además, desarrolla­r programas de capacitaci­ón dirigidos a sus funcionari­os y empleados en materia de prevención de lavado de activos.

El lavado de activo es un proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas y organizaci­ones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o activos ilícitos provenient­es de los delitos precedente­s que señala la Ley 155-17, entre ellos: tráfico ilícito de drogas, de órganos humanos o de armas, secuestro, extorsión, soborno, prevaricac­ión y trata de personas.

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